UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, CONTABLES Y SOCIALES Escuela Profesional de Derecho TESIS “La violencia familiar y su relación con el feminicidio en los distritos de San Jerónimo y Saylla del departamento de Cusco, 2018-2019" Presentado por: Bach. AMÉRICO CALERO QQUENAYA Para optar el título profesional de: ABOGADO Cusco – Perú 2022 PORTADA Tesis “La violencia familiar y su relación con el feminicidio en los distritos de San Jerónimo y Saylla del departamento de Cusco, 2018 - 2019” Línea de Investigación Derecho Privado y Público Asesor Dr. Walter Salas Torres POSTPO RTADA ii UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, CONTABLES Y SOCIALES ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO TESIS: “LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SU RELACIÓN CON EL FEMINICIDIO EN LOS DISTRITOS DE SAN JERÓNIMO Y SAYLLA DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO, 2018 - 2019” Presentado por el Bach. AMÉRICO CALERO QQUENAYA, para optar el título profesional de ABOGADO Sustentado y aprobado el 11 de julio del 2022, ante el jurado: Presidente : Dr. Benedicto Chiclla Arredondo Primer Miembro : Mag. Walter Efraín Bravo Tejada. Segundo Miembro : Dr. Ramiro Ismael Trujillo Román. Asesor : Dr. Walter Salas Torres. PÁGINA DEL JURADO iii DEDICATORIA A mis padres que han sido mi inspiración y motivo de superación en este largo y difícil camino. Y sobre todo dedico con todo mi corazón a mi madre, gracias por tu amor y paciencia que en vida me diste y por tu bendición que desde el cielo derramas sobre mí y diriges mi camino por el sendero del bien. Te amo madre mía. iv AGRADECIMIENTO A mis maestros, docentes, amigos y colegas por sus enseñanzas, aprendí mucho y por ustedes he llegado a culminar con éxito mis metas propuestas. Gracias a mi esposa Rosa Serrano Camero y a mi adorada Giulia Kahesi, quien me prestó el tiempo que le pertenecía y me motivó siempre para culminar mi proyecto. ¡Gracias mi niña preciosa! v ÍNDICE DE CONTENIDOS PORTADA................................................................................................... ii POSTPORTADA ......................................................................................... ii PÁGINA DEL JURADO .............................................................................. iii DEDICATORIA .......................................................................................... iv AGRADECIMIENTO ................................................................................... v ÍNDICE DE CONTENIDOS ........................................................................ vi INDICE DE TABLAS .................................................................................. ix INDICE DE FIGURAS ................................................................................. x ACRÓNIMOS ............................................................................................. xi RESUMEN ................................................................................................ xii ABSTRACT .............................................................................................. xiv INTRODUCCIÓN ..................................................................................... xvi CAPÍTULO I ............................................................................................... 1 PLAN DE INVESTIGACION....................................................................... 1 1.1. Descripción de la realidad problemática .............................................. 1 1.2. Identificación y Formulación del problema........................................... 4 1.2.1. Problema General ...................................................................... 4 1.2.2. Problemas Específicos .............................................................. 4 1.3. Justificación de la Investigación .......................................................... 5 1.4. Objetivos de la Investigación ............................................................... 7 1.4.1. Objetivo General ........................................................................ 7 1.4.2. Objetivos Específicos ................................................................. 7 1.5. Delimitaciones de la investigación ....................................................... 8 1.5.1. Espacial ..................................................................................... 8 1.5.2. Temporal .................................................................................... 8 1.5.3. Social ......................................................................................... 8 1.5.4. Conceptual ................................................................................. 8 1.6. Viabilidad de la investigación............................................................... 8 1.7. Limitaciones de la Investigación .......................................................... 9 vi CAPÍTULO II ............................................................................................ 10 MARCO TEÓRICO .................................................................................. 10 2.1. Antecedentes de investigación .......................................................... 10 2.1.1. A nivel internacional ................................................................. 10 2.1.2. A nivel nacional ........................................................................ 16 2.1.3. A nivel regional y local ............................................................. 21 2.2. Bases Teóricas .................................................................................. 23 2.2.1. El Feminicidio........................................................................... 23 2.2.2. Principios garantes en relación con el Feminicidio .................. 28 2.2.3. Feminicidio en nuestro Código Penal ...................................... 30 2.2.4. Protocolo interinstitucional de acción frente al feminicidio, tentativa de feminicidio y violencia de pareja de alto riesgo .............. 33 2.2.5. Políticas públicas, planes y programas relacionados con el Feminicidio ........................................................................................ 35 2.2.6. Marco legal internacional y nacional sobre feminicidio ............ 38 2.2.7. Tipos de Feminicidio ................................................................ 41 2.2.8. Causas del feminicidio ............................................................. 43 2.2.9. Consecuencias del feminicidio ................................................. 47 2.2.10. Prevención del feminicidio ..................................................... 50 2.2.11. Las teorías sobre el feminicidio.............................................. 51 2.2.12. Violencia Familiar ................................................................... 53 2.3. Marco conceptual .............................................................................. 61 CAPÍTULO III ........................................................................................... 65 METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN ................................................... 65 3.1. Hipótesis ............................................................................................ 65 3.1.1. Hipótesis General .................................................................... 65 3.1.2. Hipótesis Específicas ............................................................... 65 3.2. Método .............................................................................................. 66 3.3. Tipo de investigación ......................................................................... 67 3.4. Nivel o alcance de investigación ........................................................ 67 3.5. Diseño de investigación ..................................................................... 67 3.6. Operacionalización de variables ........................................................ 67 3.7. Población, muestra y muestreo ......................................................... 69 3.7.1. Población ................................................................................. 69 vii 3.7.2. Muestra .................................................................................... 70 3.7.3. Muestreo .................................................................................. 70 3.8. Técnicas e instrumentos .................................................................... 70 3.8.1. Técnicas para la recolección de datos ..................................... 70 3.8.2. Técnicas de procesamiento y análisis de datos recolectados . 71 3.9. Consideraciones éticas ..................................................................... 72 3.10. Procesamiento estadístico ......................................................... 72 CAPÍTULO IV ........................................................................................... 73 RESULTADOS Y DISCUSIÓN ................................................................ 73 4.1. Resultados entrevistas y expedientes ............................................... 73 4.2. Caso de feminicidio ........................................................................... 79 CONCLUSIONES .................................................................................. 105 RECOMENDACIONES .......................................................................... 107 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS .......................................................... 109 Recursos Humanos ............................................................................... 109 Recursos Materiales: ............................................................................. 109 Cronograma de actividades ................................................................... 109 Presupuesto y Financiamiento ............................................................... 110 Presupuesto ........................................................................................... 110 Financiamiento ....................................................................................... 110 BIBLIOGRAFÍA ...................................................................................... 110 ANEXOS ................................................................................................ 117 Matriz de consistencia ........................................................................... 117 Instrumento de recolección de información ........................................... 119 viii INDICE DE TABLAS Tabla 1 ¿Considera usted que existe relación entre la violencia familiar en contra de mujeres y los feminicidios? ...................................................... 73 Tabla 2 ¿Según su criterio cómo se relaciona la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato físico con los feminicidios? ................................................................................................................. 74 Tabla 3 ¿Según su criterio de qué manera se relaciona la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato psicológico con los feminicidios? .......................................... ¡Error! Marcador no definido. Tabla 4 ¿Cómo considera usted que se implementan las medidas de protección que dispone el Juez de Familia ante los casos de violencia familiar que desencadenan en feminicidios? ........................................... 76 Tabla 5 ¿Cómo considera usted que se desarrollan los procesos penales por feminicidios derivados de violencia familiar? ..................................... 77 Tabla 6 ¿Cómo considera usted la implementación por parte del Estado de las medidas para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar en la Región Cusco? ..................................................................................................... 78 ix INDICE DE FIGURAS Figura 1 ¿Considera usted que existe relación entre la violencia familiar en contra de mujeres y los feminicidios? ................................................. 73 Figura 2 ¿Según su criterio cómo se relaciona la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato físico con los feminicidios? ................................................................................................................. 74 Figura 3 ¿Según su criterio de qué manera se relaciona la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato psicológico con los feminicidios? ....................................................................................... 75 Figura 4 ¿Cómo considera usted que se implementan las medidas de protección que dispone el Juez de Familia ante los casos de violencia familiar que desencadenan en feminicidios? ........................................... 76 Figura 5 ¿Cómo considera usted que se desarrollan los procesos penales por feminicidios derivados de violencia familiar? ..................................... 77 Tabla 6 ¿Cómo considera usted la implementación por parte del Estado de las medidas para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar en la Región Cusco? ..................................................................................................... 78 x ACRÓNIMOS Durante la investigación para este documento, no se encontraron acrónimos. xi RESUMEN Esta investigación se propuso analizar la relación que existe entre la violencia familiar y los feminicidios en los distritos de San Jerónimo y Saylla, en el departamento de Cusco, durante el período 2018 y 2019. La hipótesis general planteada fue que la violencia familiar es la causa principal de los feminicidios en estos distritos. El estudio se enfocó en un enfoque cuantitativo jurídico y se realizó un análisis de los resultados para demostrar la relación entre la violencia familiar y los feminicidios en estos distritos. Los datos se recolectaron a través de fuentes oficiales, como el Ministerio Público y el Poder Judicial, y se utilizaron técnicas estadísticas para analizar los datos. Los resultados demostraron una correlación significativa entre la violencia familiar y los feminicidios en los distritos de San Jerónimo y Saylla durante el período estudiado. La violencia familiar fue identificada como la causa principal de los feminicidios en ambos distritos. Además, se concluyó que los feminicidios son el resultado final de una serie de actos de violencia previa no atendida por el estado. Los órganos jurisdiccionales y las autoridades locales tienen la responsabilidad de implementar medidas de protección para prevenir y responder a la violencia familiar. xii Se recomendó a los órganos jurisdiccionales especializados en violencia contra la mujer que presten más atención a la implementación de medidas de protección para evitar resultados fatales. También se recomendó que se realice una mayor sensibilización y capacitación a los funcionarios y autoridades locales sobre la importancia de la prevención y atención de la violencia familiar y los feminicidios. Palabras clave: Violencia contra la mujer, feminicidio, medidas de protección, grupo familiar. xiii ABSTRACT This research set out to analyze the relationship that exists between family violence and femicides in the districts of San Jerónimo and Saylla, in the department of Cusco, during the period 2018 and 2019. The general hypothesis put forward was that family violence is the main cause of femicides in these districts. The study focused on a legal quantitative approach and an analysis of the results was conducted to demonstrate the relationship between family violence and femicides in these districts. Data were collected through official sources, such as the Public Prosecutor's Office and the Judiciary, and statistical techniques were used to analyze the data. The results showed a significant correlation between family violence and femicides in the districts of San Jeronimo and Saylla during the period studied. Family violence was identified as the main cause of femicides in both districts. In addition, it was concluded that femicides are the final result of a series of previous acts of violence not addressed by the state. The jurisdictional bodies and local authorities have the responsibility to implement protective measures to prevent and respond to family violence. xiv It was recommended that courts specializing in violence against women pay more attention to the implementation of protective measures to avoid fatal outcomes. It was also recommended that more awareness-raising and training be provided to local officials and authorities on the importance of prevention and attention to family violence and femicides. Key words: Violence against women, femicide, protection measures, family group. xv INTRODUCCIÓN Se llevó a cabo una investigación titulada "Violencia familiar y su relación con el feminicidio en los distritos de San Jerónimo y Saylla del departamento del Cusco, 2018-2019", como requisito para obtener el título de Abogado en la Escuela Profesional de Derecho de la Universidad Tecnológica de los Andes. El objetivo de la investigación fue determinar la conexión entre la violencia familiar y los feminicidios que ocurrieron en los distritos mencionados en el período 2018-2019. La investigación se divide en cuatro secciones que abordan la problemática, el marco teórico, la metodología y los resultados. Se utilizaron diversas fuentes bibliográficas relevantes para el estudio, entre las que se destacan publicaciones de Cuervo, Vega, Márquez, Román, Curro, Pastor, Hernández, Chauca, Puza, Córdova, Oyola, Zapata, Tristán y Meléndez. La investigación concluyó que existe una relación de causa y efecto entre la violencia familiar y los feminicidios en los distritos estudiados, siendo el feminicidio el resultado final de una serie de actos de violencia previa no atendida por el Estado. Se recomienda a los órganos jurisdiccionales especializados en el tema de violencia contra la mujer que pongan mayor énfasis en el control de la implementación de las medidas de protección en casos de denuncias para evitar desenlaces fatales. xvi 1 CAPÍTULO I PLAN DE INVESTIGACION 1.1. Descripción de la realidad problemática Según López y Lozano (2017), la violencia familiar es un problema público grave que afecta a un grupo de personas (sociedad) en general: Uno de los problemas sociales y políticos más acuciantes del mundo es la violencia doméstica, que afecta la vida y la expresión normal de los derechos de personas que son víctimas. Tiene consecuencias en la interacción social y los demás aspectos de la formación tanto a nivel intrafamiliar como fuera de ella, además, de problemas de comprensión y de socialización que se muestra más en grupos vulnerables como mujeres, niños y niñas, adolescentes, que trae como efecto el déficit de salud psicológico, físico y cognitivo del grupo vulnerable. (p.1) Comunidades urbanas y rurales, así como personas de diversos estratos socioeconómicos, sufren violencia familiar en nuestra nación, afectando a los más vulnerables, entre todos los rangos de edad; la sociedad tiene la sensación de que la violencia familiar ha aumentado de forma incontrolable a pesar de los intentos oficiales de frenar la 2 violencia, y esta opinión no está lejos de la realidad en los distritos de San Jerónimo y Saylla del departamento de Cusco. La Carta Magna del Perú, consagra que: “el hogar es el centro esencial de toda sociedad, así como, el cimiento de su grandeza, siéndolo también en espacios naturales de cultura y educación”. Entre el conjunto de instituciones tanto privados como públicas, la familia tiene mayor importancia en la base de funcionamiento de la sociedad (Monteiro, 2001, p.1), teniendo en cuenta lo manifestado, tenemos que las agresiones hacia la familia son una problemática que requiere medidas de prevención para detener la expansión de casos y sus efectos en la salud psicológica en las personas involucradas en abusos. La violencia familiar se presenta en un promedio de 80% a 85% en el Perú, en agravio de mujeres; es decir, que las mujeres víctimas directas de estos actos los casos son extremos tienen como consecuencia asesinatos, a esta clase de violencia se denomina violencia de género y es producto de los estereotipos de sociedad, de la cultura de enseñanza intra familiar de los roles de mujeres y valores dentro de un marco de impunidad, inoperabilidad de las autoridades del Estado y la falta de estructuración de la administración. (García, 2019, p.13) La palabra “feminicidio” está relacionada a una clase de homicidio en particular donde una persona del sexo masculino ataca, violenta, hasta morir a una fémina, niña, adolescente por ser del sexo contrario. A diferencia de otros casos de asesinato, el feminicidio generalmente 3 nace y es producto de las agresiones y violencia en la familia de la víctima; resultando como afectadas indirectas los hijos y familiares. En Perú, existen datos propaladas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables de feminicidio en año 2019, ascendieron a 166, y en el año 2020 las cifras ya superan los 20 casos, el Departamento del Cusco, es una zona en la que se presenta más violencia de género con gran magnitud, el feminicidio es una de las consecuencias más graves de esta. La provincia del Cusco posee 8 distritos, de los cuáles elegimos como ámbito de estudio a Saylla y San Jerónimo; precisamente estos distritos han presentado casos emblemáticos de violencia extrema contra la mujer, llegando a perpetrarse el delito de feminicidio, así tenemos el proceso N° 07355-2818-40-1001-JR-PE-06 seguido en el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial B del Cusco, por delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Homicidio, Sub-Tipo Feminicidio, el cuál es objeto de análisis en la presente investigación. El objetivo de esta investigación es, por tanto, determinar si la violencia doméstica contra las mujeres está o no relacionada. (lesiones de genero) con feminicidios ocurridos en los distritos de Saylla y San Jerónimo del departamento del Cusco durante los años 2018 y 2019, el tratamiento judicial de estos casos y especialmente las acciones de salvaguarda por parte del Estado a las personas afectadas, niños y jóvenes miembros de la familia, se sugiere mecanismos de solución más efectivos. 4 1.2. Identificación y Formulación del problema 1.2.1. Problema General ¿Cuál es la relación que existe entre la violencia familiar y los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla del departamento de Cusco durante el período 2018 y 2019? 1.2.2. Problemas Específicos • ¿De qué manera se relaciona la violencia familiar en su modalidad de maltrato físico con los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019? • ¿De qué manera se relaciona la violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico con los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla Cusco, durante el período 2018 y 2019? • ¿Cómo se implementaron las medidas de protección que dispuso el Juzgado de Familia en los casos de violencia familiar que desencadenaron en feminicidios en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019? • ¿Cómo se desarrollaron los procesos penales por feminicidios derivado de violencia familiar en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019? • ¿De qué manera implementó el Estado medidas de protección para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los 5 procesos de feminicidio derivado de violencia familiar en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019? 1.3. Justificación de la Investigación Conveniencia El presente estudio resulta conveniente porque el problema de los feminicidios procedente de un entorno violento, son una realidad latente en nuestra actualidad nacional que todavía no puede ser afrontada eficazmente y que genera consecuencias graves en la sociedad y sobre todo en los menores de edad de las familias en las que se suscitan los hechos, por lo que resulta necesario efectuar un estudio sobre el tratamiento judicial de estos casos y especialmente las acciones de salvaguarda por parte del Estado a los agraviados, y en este sentido, poder proponer soluciones de carácter más eficaz. Relevancia social Tiene importancia social porque la violencia familiar debe abordarse con mayor eficacia para prevenir el feminicidio. Implicaciones prácticas El presente estudio tendrá ramificaciones prácticas que podrían contribuir a una estrategia de reducción de la violencia doméstica más acertada y aquellos en contra del sexo femenino (ataque hacia otro 6 género) y muertes (feminicidios) que se suscitan en el distrito de Saylla y San Jerónimo del departamento de Cusco. Valor Teórico El presente estudio busca analizar el vínculo existente de la dependencia de la violencia familiar en contra del sexo femenino “feminicidio”, buscando estudiar las actividades de atención del Juzgado de Familia ante casos de violencia familiar que causaron feminicidios en San Jerónimo y Saylla, Cusco, 2018 y 2019, en consecuencia, posee un alto valor teórico. Importancia de la Investigación La presente investigación es relevante debido que toma en cuenta los fundamentos éticos del valor, respeto por la dignidad de los individuos y por la propensión al beneficio y bienestar integral del grupo social, de acuerdo a este orden de conceptos, se analizará la relación y consecuencias entre la violencia familiar y los feminicidios, con el objetivo que se pueda contribuir y mejorar los mecanismo de prevención y tratamiento procesal en esos casos porque si se utilizan las herramientas para detener la violencia doméstica, no habrá feminicidios. 7 1.4. Objetivos de la Investigación 1.4.1. Objetivo General Establecer la relación que existe entre la violencia familiar y los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla durante el período 2018 y 2019. 1.4.2. Objetivos Específicos • Demostrar cómo se relaciona la violencia familiar en su modalidad de maltrato físico con los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019. • Demostrar cómo se relaciona la violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico con los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019. • Analizar cómo se implementaron las medidas de protección que dispuso el Juez de Familia ante los casos de violencia familiar que desencadenaron en feminicidios en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019. • Examinar cómo se desarrollaron los procesos penales por feminicidios derivado de violencia familiar en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019. • Conocer y analizar la implementación por parte del Estado de las medidas para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia 8 familiar en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019. 1.5. Delimitaciones de la investigación 1.5.1. Espacial San Jerónimo y Saylla. 1.5.2. Temporal 2018 y 2019. 1.5.3. Social Aunque el estudio se centra en los peruanos en su conjunto, es en los distritos mencionados donde se recogerán los datos reales. 1.5.4. Conceptual Derecho de Familia y Penal y Ley Nro. 30364. 1.6. Viabilidad de la investigación El objeto de investigación se ha ajustado a un planteamiento de análisis e interpretación reflexiva que proporcione resultados que hagan avanzar el nivel de conocimiento en el área de estudio; se dispone de recursos suficientes para llevar a cabo el estudio y la cuestión se inscribe en el ámbito de la ciencia jurídica. 9 1.7. Limitaciones de la Investigación Actualmente atravesamos por una Pandemia mundial producida por el SARS-CoV-2 que genera la enfermedad del Covid-19, debido a ello el Gobierno peruano ha emitido normas y dispuso la cuarentena necesaria (obligatoria) para detener la expansión del nuevo virus (Covid- 19), medidas que se han ido flexibilizando, el acceso a las instituciones está bastante militado contando solo con acceso virtual, consideramos que para la obtención de algunos datos fácticos, esta constituiría la limitación de la investigación. 10 CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO 2.1. Antecedentes de investigación 2.1.1. A nivel internacional -Pérez, (2017) realizó la investigación “Feminicidio, la realidad en Colombia” en la Universidad Santo Tomas, las principales conclusiones de la investigación son: Lamentablemente, los esfuerzos del Estado no han perdurado porque no se les ha prestado la atención sostenida que necesitan, como lo sería en un Estado Social de Derecho. Existen muchos casos de violencia extrafamiliar donde las víctimas desconocen a dónde recurrir para dar conocer los maltratos o denuncias, o, en otros casos, los centros de atención no prestan un servicio adecuado, transfiriéndolo de oficina a oficina. Así mismo, en algunos casos, los responsables de atención de las entidades del Estado tienen un trato hacia las víctimas de desconsideración por medio de la archivación de caso, la revictimicen o, la falta de capacitación y competencias en el servicio. Para disminuir y erradicar la violencia familiar es importante considerar medidas integradas con participación de las entidades con competencia en el tema, de tal modo, que hay un 11 proceso en el tratamiento de los casos de maltrato. Así mismo, se solicita la intervención de las municipalidades o gobiernos regionales de los departamentos para que diseñen medidas de prevención de violencia familiar a través del apoyo, asesoramiento y acompañamiento de las víctimas. En Colombia, por medio de distintas normativas se pretende darles un tratamiento particular a las expresiones de maltrato. Pero, estas medidas presentan algunas carencias debido a que solo se enfoca en las consecuencias, pero no, en las acciones de prevención. Abriendo un vacío en el acompañamiento de las mujeres y personas vulnerables que sufren el abuso de sus agresores. Adicionalmente, el Estado debe tener un papel participativo en la prevención y detención de sucesos de violencia familiar o hacia el sexo femenino por medio del acompañamiento de las víctimas, la compensación de los daños y la reincorporación en la sociedad de las personas vulnerables o maltratadas. -Ocampo, (2016) en su tesis “La Violencia Intrafamiliar; sus efectos en el entorno familiar y social” para optar el título de Abogado en la Universidad de Loja. Ecuador. Sus principales conclusiones son: 12 Como consecuencia, la violencia familiar ha producido importantes problemas de salud física, psicológica y emocional para las víctimas en la comunidad. La violencia familiar tiene una influencia única en la familia, directamente en los niños afectados psicológicamente, en particular en el ámbito psicológico-educativo, para su conducta en la sociedad y, en particular, su educación. Otras repercusiones del maltrato doméstico en los niños son el bajo rendimiento académico, la pertenencia a bandas, la falta de vivienda y, el alcoholismo. La violencia familiar es la raíz de los problemas sociales, sobre todo en las comunidades rurales, ya que socava la paz y la seguridad e infunde miedo y temor en los niños hacia los agresores. La comunidad mundial reconoce ahora que el maltrato doméstico es un problema grave ya que los estudiosos han señalado que va en aumento y que a medida que aumenta la violencia, las principales víctimas son las mujeres, las mujeres que traen a sus hijos y demás. familia. -Palma y Romero, (2015) en su tesis “Violencia Intrafamiliar y Feminicidio en el Distrito Metropolitano de Quito” en la Universidad del Pacifico: 13 En Latinoamérica, las expresiones de la cultura y los estereotipos han generado que los abusos y maltratos dentro del hogar se consideren como normal, donde la víctima está bajo los mandatos del varón, manteniéndose una relación de desigualdad en derechos humanos afectando la dignidad. La víctima, se encuentra generalmente en la condición de dependencia económica o sentimental, lo que genera que muchos de los casos de violencia no se lleguen a denunciar por el temor a represalias o, por el hecho de permanecer en silencio. Las experiencias de abuso y maltrato dentro de la familia conllevan que, generalmente los niños adquieran estereotipos de roles por parte del padre o madre tiendan hacia una conducta repetitiva de violencia familiar. Es el caso de un menor que ve, dentro su hogar, maltratos hacia su madre producto del exceso de fuerza del marido o esposo, considerándolo como normal. También es el ejemplo de una niña que experimenta la violencia contra su madre y, posteriormente, en su formación acepte el silencio como normal ante la violencia. El feminicidio, que recientemente se encuentra notificado en Ecuador, conduce que generalmente se interprete modo erróneo, por lo cual hay que considerar distintas maneras de 14 investigación que determina el Protocolo de investigación del feminicidio, con el objetivo de distinguirlo de un homicidio. Cuando existe el hecho de feminicidio no solo se perjudica la salud de la víctima, sino también, el funcionamiento de la familia que se encuentra alterada como consecuencia de la pérdida del familiar. -González, (2016) en su tesis Doctoral “Familia, mujeres y violencia: el lugar de la resistencia y las aspiraciones a una vida buena” en la Universidad de Manizales, concluye: Con motivo de los 189 participantes en la Cuarta Conferencia Mundial sobre los Compromisos de las Mujeres, celebrada en Pekín (China) hace 20 años, La violencia y la desigualdad contra las mujeres persisten y en ocasiones incluso aumentan; El primer texto de la sección dedicada a la violencia es el siguiente: "Violencia física, sexual, psicológica y psíquica, parental, institucional y económica contra las mujeres y las niñas persiste tanto en la sociedad en general como en las instituciones privadas, lo que les dificulta enormemente llevar una vida segura y plena.” (p. 10). Y todo esto ¿hasta cuándo? 15 -Rodríguez, (2016) "Hacia el aprovechamiento de los registros administrativos para medir la violencia contra la mujer en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” para el Máster de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. Sus principales conclusiones son: Del análisis organizacional comparativo de las herramientas de registro recolectadas en campo, es evidente notar la variedad de formularios, hojas de cálculo y recibos de aceptación, así los diferentes métodos de información, y el tiempo de recolección de información, registrada y su contenido. A lo largo del circuito de datos, las disparidades en las suscripciones adquiridas por los servicios son fácilmente evidentes. Las pruebas obtenidas mediante el análisis comparativo de variables apoyan la hipótesis de la evolución independiente y son aplicables en la práctica al estudio de los seres vivos. En este punto, poner la información es desordenado y está lejos de consolidarse en una sola reunión de registro, pero se deben hacer cambios, quizás no estructurados o costosos, en algunas herramientas de datos personales, para alinear la información recopilada por las agencias. 16 2.1.2. A nivel nacional -Contreras, (2020) en su investigación “Violencia Familiar y su Relación con el Feminicidio en la Asociación Familiar Los Sauces de San Fernando del Distrito de San Juan de Lurigancho 2018”, Universidad Peruana de los Andes. Lima. Sus principales conclusiones son: Los resultados mostraron un coeficiente de correlación del 36,4%, lo que sugiere que cuanto mayor sea la violencia intrafamiliar, mayor será el índice de feminicidio. Este hecho se manifiesta a través del continuo maltrato físico y hostilidad por parte del agresor, que suele ser el ex cónyuge o pareja, y que puede llevar a la víctima a considerar el suicidio como una forma de escape. Se puede interpretar como que a medida que aumenta la violencia física en el hogar, aumenta el riesgo de que las mujeres se vean afectadas por el suicidio, lo que sugiere que la violencia doméstica es un factor importante en la salud mental y el bienestar de las mujeres que la experimentan. Específicamente, las mujeres pueden sentirse atrapadas y sin opciones para escapar de la violencia, lo que puede llevarlas a considerar el suicidio como una salida. Por lo tanto, es importante que se tomen medidas para prevenir y abordar la violencia doméstica, así como para apoyar la salud mental y el bienestar de las mujeres que la experimentan. El delito de suicidio, que aparece 17 cuando la pareja o expareja sexual es abusiva o violenta, y ataca a su víctima con golpes, patadas, patadas, puñetazos, bofetadas. o tirar objetos, puede llevar al suicidio. En San Juan de Lurigancho, las familias de Los Sauces de San Fernando no han mostrado una correlación directa y sustancial entre el maltrato doméstico y el suicidio, de las estadísticas obtenidas es de 0,089, correspondiente al 89,0%, referente al hecho de la violencia. Cada vez menos el suicidio, ocurre cuando las víctimas son objeto de acoso sexual o extorsión, y la agresión sexual en el ámbito familiar representa un daño físico y psíquico. -Velarde, (2019) en su tesis de Maestría “Violencia familiar como causante del delito de femicidio en el distrito judicial del Callao” en la Universidad Federico Villareal. Lima. Sus principales conclusiones son: En el Callao, la violencia económica es la más sutil pero también la más común. Al asociar la violencia doméstica como causa de homicidio en el Callao, los resultados indican una correlación favorable entre la violencia doméstica y el suicidio femenino. 18 -Quispe y Gutiérrez, (2018) “Relación entre la violencia familiar y el feminicidio en Lima- 2017” para la Universidad Autónoma del Perú. Lima. Concluye: Existe una conexión significativa entre la violencia doméstica y el suicidio en Lima, con un 82% de los encuestados que creen que la violencia física recurrente dentro del matrimonio puede llevar a que uno de los cónyuges se suicide, lo que sugiere una relación interdependiente entre ambas situaciones. De esta encuesta se puede concluir que el suicidio de los cónyuges no solo se debe al constante maltrato físico sino también a la violencia emocional, estando de acuerdo con la situación el 84% de los entrevistados. Por lo tanto, el comportamiento emocional violento se clasifica como un nivel alto de ansiedad. Se ha demostrado que el comportamiento violento del maltratador proviene de su infancia, cuando fue víctima de la violencia familiar. El 60% de los entrevistados se mostraron de acuerdo con esta conclusión, afirmando que el comportamiento o la actitud violenta del maltratador en las comparaciones parciales se debe a que sufrió graves malos tratos de niño en su entorno familiar Continuo, lo que afecta a su desarrollo emocional. 19 -Minchán, (2018) realizó la investigación “Las Políticas de Prevención del Plan Nacional contra la violencia hacia la mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su relación con el feminicidio” en la Universidad Privada del Norte. Las principales conclusiones son: Debido al creciente número de denuncias de violencia doméstica, los autores del estudio creen que las medidas y políticas, son cruciales, pero se quedan cortas en ciertos aspectos. Por eso, es importante considerar medidas en sensibilización, educación, en empoderamiento de las mujeres y conocimiento de sus derechos. También se concluye que los maltratos físicos y psicológicos hacia las féminas se han incrementado debido a los estereotipos de una sociedad machista. Por eso, se necesita medidas enfocadas en la educación de los derechos. Así mismo, es importante dar mayor seguimiento a las denuncias hacia la mujer o la violencia dentro del hogar a través de la mayor participación de las dependencias competentes en el tema y sus programas de prevención. Finalmente, la investigación concluye que las prestaciones de servicio en las dependencias del Estado acerca la prevención de 20 violencia en el hogar son medios para lograr la eficiencia y eficacia del control de los problemas de la sociedad, sin embargo, las mujeres que son afectadas por el maltrato y el abuso de sus pares, generalmente tienen pocas alternativas de atención para dar a conocer o denunciar el maltrato. -Medina, (2017) realizó la investigación “Incidencia de la Violencia Familiar en el delito de feminicidio en Chimbote 2015- 2016” en la Universidad César Vallejo. Concluye: La investigación determinó la incidencia de las expresiones de violencia en el hogar en el feminicidio en Chimbote, durante los años 2016 y 2016. Y, concluyó que existe una relación de dependencia o asociación entre los delitos de feminicidio y violencia familiar expresado por un coeficiente de asociación de 0, 743. La relación es positiva y, se interpreta, que un aumento en la violencia dentro del hogar trae consigo un aumento en los delitos de feminicidio. Así mismo, la asociación es estadísticamente significativa, deduciendo una elevada incidencia de la violencia dentro del hogar en la localidad de Chimbote en el periodo de investigación. Por otra parte, se estudió las consecuencias del sujeto agresor. Concluyendo que, el 55% de los fiscales del distrito del Santa indica que, en su totalidad se han registrado las denuncias por 21 delito de feminicidio en el aspecto de violencia familiar; el 55% de los fiscales indican que algunas veces se emite la privación de libertad por 15 años en mención del asesinato de una mujer; el 65% de los ficales indican que han condenado a los agresores que han asesinado a la mujeres mayores o menores edad; el 60% de los fiscales indica que de vez en cuando se emite una privación de libertar mayor de 25 años, siendo la razón un asesinato de una gestante. Medidas que demuestra una irregularidad en el cumplimiento de los expuesto en la ley con relación a las sentencias condenatorias de los agresores. Los investigadores llegaron a la conclusión de que hay evidencia de una asociación entre el delito de feminicidio y la violencia intrafamiliar. 2.1.3. A nivel regional y local -Pita, (2021) “Identificar las diferentes causas que generan el delito de feminicidio y tentativa en Quillabamba, Distrito de Santa Ana, Provincia de La Convención Periodo 2017- 2018”, para la Universidad Andina del Cusco, concluyó principalmente: Las causas del asesinato se registraron, aunque se ha realizado una cuidadosa búsqueda de legislación. 108-B, porque algunos de sus compañeros son hostiles hacia las que maltratan, mala 22 interpretación de personajes, sentido de superioridad social, económica y cultural. En Quillabamba, una mentalidad agresiva caracterizada por la baja autoestima, la impaciencia y la falta de voluntad para aceptar los argumentos del cónyuge es la principal causa de feminicidio. -Suca, (2017) realizó la investigación de maestría “Eficacia de los procesos judiciales por Violencia Familiar en el marco de la Ley 30364” en la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, la principal conclusión a la que arribó fue: La ley tiene deficiencias debido a que no cumple sus objetivos por la falta de recursos e inversión en el acompañamiento de las víctimas de abuso familiar. Están codificadas las penas por acciones y delitos de abuso contra las mujeres, pero no las protecciones contra tales abusos. Con ello, hay un sobrepeso en los órganos jurisdiccionales y la reiteración de las acciones de violencia familiar que no contribuyen en la disminución de los casos de maltrato y violencias de las personas vulnerables. 23 2.2. Bases Teóricas 2.2.1. El Feminicidio En términos generales, se refiere al asesinato de mujeres mediante métodos de violencia física, su mente, su libertad y, lo que es más importante, su vida. El feminicidio termina con la muerte de una mujer a manos de una persona conocida, que normalmente se cree que es la víctima, pero en muchos casos, la víctima ni siquiera sabe quién la mató. Hombres que matan a mujeres sólo por el hecho de ser mujeres es a lo que se refiere Bejarano (2014) cuando utiliza el término feminicidio. Resulta sencillo desestimar la indignación popular por estos asesinatos una vez que se establece su identidad como parte de un patrón más amplio de política sexual, esta aportación ha trascendido la vertiente teórica y se ha convertido en una declaración de apoyo al colectivo de mujeres. cualquier cosa que destaque o que resuelva un tema que le parezca interesante. Más allá de la palabra "asesinato", que centra el énfasis del caso en el acto de homicidio en sí, este artículo explora la brutalidad del homicidio desde el punto de vista de que forma parte de un continuo de violencia soportada por una mujer que puede conducir a su muerte. 24 El Estado de Montenegro parece tener una cierta tolerancia hacia estas formas de violencia, y en los casos donde una mujer es asesinada en su hogar o en otro lugar personal debido a su género, el Estado es cómplice o ignora la situación. El feminicidio puede clasificarse según las acciones del agresor y la naturaleza de su conexión con la víctima, dada la variedad de dinámicas víctima-agresor. El femicidio íntimo es un tipo de femicidio en el que el autor masculino es una persona a la que la víctima está muy unida emocional o físicamente, como el marido, el concubino, el amante o un pariente consanguíneo. Otro tipo de feminicidio se denomina "feminicidio no íntimo". Por último, el tipo penal podría entenderse como un asesinato en el que la víctima principal es una mujer que fue objeto de un ataque violento. García y Franco (2020) afirman que la historia patriarcal, los valores culturales y los sistemas sociales, económicos y políticos actuales son culpables de los cientos de mujeres asesinadas cada año por feminicidio. Según la Defensoría del Pueblo, casi el 40% de las féminas son víctimas de violencia física y de ese porcentaje, un 8,2% también ha sufrido abuso sexual por parte del mismo agresor. Desde 1996, el gobierno ha reconocido el derecho de las mujeres a la 25 vida y la integridad, reconociendo que la violencia de género afecta a las mujeres de manera desproporcionada en comparación con otros tipos de violencia y se compromete a erradicarla. Según Badilla y otros autores (2010), la estructura jerárquica y patriarcal de nuestra sociedad, contribuye a la aparición de la violencia contra las mujeres. Algunos argumentan que el feminicidio refleja un desequilibrio social de poder entre hombres y mujeres. Como resultado, las mujeres enfrentan un mayor riesgo de morir a causa de ella. Benavides (2015) sostiene que el feminicidio se ubica en el extremo de un espectro que abarca diversas formas de violencia, así como comportamientos sexualmente abusivos que ocurren fuera del hogar. El acoso sexual (por teléfono, en persona, en el trabajo), la mutilación genital (clitoridectomía, ablación, embarazo intrauterino), la histerectomía libre, los encuentros heterosexuales y los embarazos forzados figuran en la lista (criminalización de la anticoncepción y el aborto). En algunos países se niega la comida a las mujeres, se las obliga a someterse a cirugía estética o se las somete a diversas mutilaciones, todo ello en aras de la belleza. 26 De acuerdo con Jiménez (2011), el feminicidio se origina a partir de la disparidad entre hombres y mujeres, una realidad que es subyacente. Este desequilibrio ha sido negado y concebido como una causa natural de la violencia sexual y, por tanto, carecen de derechos y condiciones de vida equiparables. Esto ha llevado a creer que las mujeres no son capaces de prevenir la violencia sexual. Por las decisiones que toman por su cuenta, que refuerzan los roles de género dominantes y las ideas erróneas sobre la sexualidad que los alimentan. De acuerdo con Incháustegui (2014), el feminicidio, en sus diversas formas, permite una perspectiva para examinar la violencia atroz que afecta a mujeres. Esta violencia se produce en un contexto de dominación masculina motivada por la lujuria sexual y el deseo de controlar la agencia de las mujeres. En el ámbito del derecho civil matrimonial, que a menudo se rige por normas patriarcales, el sistema jurídico y otras instituciones poderosas han contribuido a ocultar los actos de violencia y proporcionar explicaciones justificativas de sus consecuencias. Según Curro et al. (2017), la violencia de género se manifiesta en diferentes formas, que puede culminar en el feminicidio. Es importante destacar que esta violencia no se limita al ámbito matrimonial o de convivencia, sino que puede ocurrir en cualquier contexto y relación interpersonal. 27 La integridad sexual de las víctimas suele ser vulnerada durante el femicidio, como afirman Pinos y Ávila (2013) a través de la violencia física, lo que envía señales sexistas e identifica al actor principal como un hombre que odia a las mujeres. Es un delito de odio que transmite un mensaje erróneo sobre las mujeres, por las que el autor claramente no siente respeto ni aprecio, pero en este caso, los celos emocionales del marido impulsaron a la acusada a actuar, por lo que este argumento falla. En una línea similar, Díaz et al. (2019) identifican a la mujer como el sujeto activo del crimen porque representa el asesinato de una mujer en una situación en la que podría haber estado justificada su conducta y porque tiene todos los visos de una afectación de la integridad; porque, por ejemplo, era infiel. El dominio del hombre sobre la mujer sugiere un vínculo emocional apasionado con la víctima, lo que constituye un motivo específico para el crimen. Según el R.N. 1257-2015, para determinar si existe o no pareja entre la víctima y los autores del delito en cuestión se tienen en cuenta una serie de factores; en este caso, el agente solicita a la víctima que aborte y, ante su negativa, los autores golpean y amenazan con acabar con su vida, desencadenando una reacción en cadena que acaba provocando su muerte. Los jueces consideraron que se había producido un feminicidio, pero 28 que no estaba motivado por la ira. Razonaron que, dado que la víctima era mujer y estaba embarazada, se encontraba en desventaja y, por tanto, el delito de feminicidio se perpetró con mayor facilidad. 2.2.2. Principios garantes en relación con el Feminicidio Se han creado varias normas y estándares basados en principios para garantizar el respeto de los derechos de la mujer. A lo largo de nuestra historia, se ha producido un cambio en la forma de abordar las situaciones de feminicidio, y se han hecho algunos intentos de utilizar la igualdad formal como métrica para juzgar si una sociedad es o no integradora en materia de género. En consecuencia, el reconocimiento de las desigualdades y la injusticia social que afectan a las mujeres se ve reforzado por el reconocimiento de los derechos garantizados en numerosos instrumentos que se aplican no sólo a un país, sino a todo el planeta. El feminicidio, tal como lo describen Quispe y Gutiérrez (2018), fue codificado en nuestro derecho con la intención de dar una expresión más precisa al tipo de particularidad que caracteriza al asesinato. Señala que los agresores masculinos se creen superiores a las víctimas femeninas y tienen todo el derecho a hacerles lo que quieran, y que eso es lo que significa el 29 feminicidio. Por ello, los tratados internacionales prohíben todo tipo de discriminación y violencia contra las mujeres, y el autor de un asesinato de este tipo soporta todo el peso de la ley, que se agrava cuando el asesinato va acompañado de delitos adicionales como violación, maltrato físico o trauma psicológico. En las naciones que reconocen los derechos humanos, los órganos jurídicos tienen en cuenta el enfoque preventivo para asegurar el efectivo respeto de los derechos de la mujer. Las medidas preventivas pueden ser de índole legal, política, administrativa y cultural, con el propósito de proteger los derechos de las personas y garantizar que cualquier posible acto de violencia contra las mujeres sea considerado un delito penal. Esto implica que los responsables deben ser sancionados y que las víctimas deben recibir una compensación por los daños sufridos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido una decisión en la que refuerza la obligación estatal de proteger a las mujeres contra la violencia de género en los Estados Unidos, debido a problemas estructurales, discriminación y violencia contra las mujeres. Es importante destacar que cada posible ejemplo de peligro real en nuestro continente debe ser evaluado cuidadosamente por la legislación de cada nación, y se deben 30 aplicar medidas preventivas que sean previsibles y evitables, y que estén reconocidas por el sistema estatal. 2.2.3. Feminicidio en nuestro Código Penal El artículo 108-B de nuestro código penal tipifica el delito de feminicidio de la siguiente manera: Se sancionará con pena mínima de 20 años de prisión a quien asesine a una mujer por su condición de mujer en cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. Primero, el maltrato en el hogar. 2. El uso de violencia física o sexual. 3. Uso indebido de la autoridad otorgada por la confianza u otras relaciones especiales. 4. Discriminación de la mujer casada o conviviente en cualquier contexto. Cuando concurre alguno de los siguientes factores agravantes, la pena mínima de prisión por un delito de cadena perpetua se incrementa a 30 años: 1. En primer lugar, si la víctima era un niño o una persona mayor. 2. Y si la víctima estaba embarazada en el momento del delito. 3. Si la víctima estaba bajo el cuidado o la obligación del agente. 4. Si la víctima tiene antecedentes de agresión sexual o mutilación. 5. Si la víctima tiene una minusvalía en el momento del delito. 31 6. Si la víctima ha sido o no víctima de la trata de seres humanos o de otras formas de explotación del cuerpo humano. 7. Cuando concurran simultáneamente dos o más de las agravantes enumeradas en el artículo 108. 8. Cuando el delito se realice con alevosía contra las hijas, hijos o cualquier niño, niña o adolescente a cargo de la víctima. Cuando concurren dos o más agravantes, la pena máxima es la cadena perpetua. La inhabilitación se ejecutará de conformidad con el artículo 36 en todos los casos en que este artículo la exija (Congreso de la República, 2018). Desde 2003, año en que entró en vigor en Perú la Ley Nº 38068, el artículo 108 de nuestro Código Penal establece la cadena perpetua obligatoria para el asesinato de una mujer en determinadas circunstancias. En el estudio de la aplicabilidad de la determinación en cada supuesto debe tenerse en cuenta el comportamiento habitual que infringe la ley penal y, por extensión, cumplimiento de los ajustes necesarios para proteger determinados bienes jurídicos. Abuso de autoridad, de confianza o de cualquier cargo o nexo que confiera poder al agente, así como cualquier tipo de discriminación contra la mujer, incluidos, entre otros, la violencia 32 doméstica y el acoso sexual son las situaciones más típicas que incluyen la comisión de este delito. Si un agresor pretende matar a una mujer pero no lo consigue y la víctima sólo sobrevive a la agresión, el delito sigue considerándose feminicidio. El feminicidio se define en este contexto como cualquier ataque a una víctima femenina, independientemente de si el agresor tenía o no intención de matar. Esta determinación se realiza utilizando criterios como la intención declarada del agresor, el motivo declarado del agresor para llevar a cabo la agresión, la percepción de vulnerabilidad y la existencia de violencia en el pasado. Según Meléndez (2018), existe un debate sobre si el feminicidio debe o no ser reconocido como un delito penal distinto. Muchos, incluidos grupos influyentes de mujeres, consideran beneficioso que este delito esté codificado en la ley. Para empezar, el caso puede presentarse de acuerdo con sus características únicas, llamando la atención sobre detalles y cosas que a menudo se pasan por alto cuando se investiga y juzga un asesinato. Sin embargo, allanó el camino para la protección de los derechos de la mujer y la penalización de las agresiones sexuales. Esto ha facilitado la dispersión de los recursos que influyen en el poder y la aplicación de medidas cautelares. A pesar de que se presentaron proyectos de ley en 2009 y 2010, en 2011 la agenda 33 vigente para modificar el código penal permitió que las discusiones políticas incluyeran esta tipificación de la violación. 2.2.4. Protocolo interinstitucional de acción frente al feminicidio, tentativa de feminicidio y violencia de pareja de alto riesgo Este manual se ha elaborado como parte de una iniciativa colaborativa destinada a mejorar el acceso a los servicios fundamentales para mujeres y niñas que han sufrido maltrato, tal y como se establece en un protocolo de actuación interinstitucional contra el suicidio en casos de alto riesgo y violencia en la pareja. En Perú, el programa está dirigido a las personas que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad, y se está desarrollando en conjunto con diversas entidades gubernamentales que cuentan con experiencia en la lucha contra la violencia de género. La palabra "género" es crucial para entender el protocolo; se refiere a una categoría de análisis que distingue los papeles, cualidades y lugares sociales y culturales atribuidos a hombres y mujeres del componente de sexo; Las desigualdades entre hombres y mujeres en muchas profesiones pueden clasificarse como desigualdades de género, y estas diferencias pueden confirmarse fácilmente observando las variaciones físicas y biológicas entre los sexos. Aunque la dinámica entre los sexos 34 pueda variar y cambiar a lo largo de la historia y en las distintas regiones geográficas, el gobierno peruano debe garantizar que ninguna mujer sea degradada a una ciudadanía de segunda clase. La violencia contra las mujeres por razón de su sexo es otro tema relacionado con la correcta aplicación del protocolo, ya que se trata de un acto que conduce a actos motivados por el sexismo que provoquen directa o indirectamente la muerte o daños corporales, sexuales o mentales a una mujer. Es un fenómeno estructural, social y cultural que tiene sus raíces en las diferentes costumbres y formas de pensar que existen en las sociedades de nuestro país. La discriminación de la mujer derivada de nociones preconcebidas de su inferioridad o están subordinadas se produce a menudo, lo que se considera un factor de superioridad; Cuando coexisten muchas formas de prejuicios, como los basados en la raza, la clase social, el sexo, la orientación sexual o la identidad, aumenta el riesgo de delitos violentos. En una línea similar, Salas y Torre (2006) afirman que todos los posibles encuentros entre hombres y mujeres tienen implicaciones en la violencia de género, con variaciones entre grupos socioeconómicos y, sobre todo, culturales. Para entender cómo afectan las distintas relaciones a la salud, es importante poder observarlas fuera de cualquier contexto que represente la 35 situación socioeconómica de las mujeres. Esto significa tener en cuenta, sobre todo, cómo las ve vivir un hombre y cómo interpreta sus relaciones, además de cómo forman una determinada estructura un método de funcionamiento que matizaba todas las connotaciones sociales entre ellos. Toda situación que no tenga que ver con el sexo es violencia, ya sea el intento de feminicidio o el crimen. En Derecho penal, la ausencia de un tiempo de reacción universalmente aplicable a las penas para todos los delitos puede resultar frustrante. En la mayoría de los casos, los autores de estos delitos no son disuadidos por la severidad de las penas; esto se debe a que la ley no está diseñada para disuadir o eliminar el femicidio. Por el contrario, debe complementarse con otros mecanismos a nivel gubernamental, como medida adicional para advertir de posibles nuevos agresores, la empresa proporciona información, conversaciones, medicamentos y seguimiento de los casos. 2.2.5. Políticas públicas, planes y programas relacionados con el Feminicidio Dos de las ideas de Novoa (2016) para el gobierno peruano nos parecen especialmente susceptibles de estudio. El Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2021 (PLANIG), que fue ratificado en relación con el Decreto Supremo N. 004-2012- 36 MIMP, es un vehículo para incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas del Estado de Perú. Igualmente crucial es la restitución de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Violencia Femenina, que fue promulgada a la par del Decreto Supremo N° N. 008-2016-MIMP y que busca, entre otras cosas, poner fin a dicha violencia. Estos programas son ejemplos de los pasos progresivos dados por el gobierno de Perú para reducir la violencia contra las mujeres. Los recientes intentos legislativos ayudarán a salvar esta brecha. El Grupo de Mujeres Republicanas de la Cámara de Representantes, por ejemplo, emitió una declaración con motivo del Día de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer que amplía el número de delitos que son ilegales, los sitúa en un contexto más amplio y les impone penas más severas. En relación con las víctimas menores de 18 años, la pena máxima es cadena perpetua. Otros tipos de homicidio involuntario de mujeres también están cubiertos por esta cláusula, incluido el asesinato cometido por un desconocido y los homicidios derivados del acoso sexual y el acecho. Guerra (2019) afirma que el Gobierno está cooperando para acabar con toda la violencia contra las mujeres debido a la preocupación generalizada por los crímenes contra ellas. La violencia contra las mujeres, como el suicidio femenino, es 37 especialmente horrible que deja a las comunidades tambaleándose, y aunque se proponen muchas soluciones a este complicado problema, es crucial comprender quiénes son estas mujeres. que cometen este acto criminal para descubrir nuevos métodos de actuación más eficaces. La literatura especializada establece una distinción entre femicidio íntimo y no íntimo, lo cual puede ser útil para analizar y definir esta categoría de violencia. El femicidio íntimo hace referencia a los asesinatos cometidos por hombres con los que la víctima tenía o mantenía un vínculo íntimo, familiar, de convivencia o de cualquier otro tipo. Por otro lado, el femicidio no íntimo se refiere a los asesinatos perpetrados por hombres con los que la víctima no tenía ningún tipo de relación previa. Esta clasificación permite una mejor comprensión de los diferentes contextos en los que ocurre la violencia contra las mujeres, lo que a su vez puede ser útil para informar políticas públicas y estrategias de prevención y atención a las víctimas. Dependiendo de si la víctima era el objetivo directo de un intento de femicidio, el caso también puede clasificarse como femicidio por "conexión" en determinados círculos. 38 2.2.6. Marco legal internacional y nacional sobre feminicidio Nuestro gobierno se ha comprometido a poner fin al feminicidio y a proteger los derechos de la mujer en todo el mundo, tal y como se recoge en diversos tratados y convenios. El Comité subraya la importancia de que el poder legislativo vele por el pleno cumplimiento de la Convención. Además, insta a que el Parlamento nacional y los parlamentos autonómicos aprueben estas observaciones finales. Los países de América Latina han ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, y hasta ahora 14 países han aceptado el Protocolo Facultativo de la Convención. Esto significa que el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer tiene la facultad de supervisar y evaluar el cumplimiento de los Estados con respecto a la Convención, así como aceptar y examinar las quejas presentadas por las personas dentro de su jurisdicción. Según el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la violencia contra las mujeres viola los derechos humanos, los derechos fundamentales y las libertades. Sin embargo, a pesar de los compromisos internacionales, la prevención de la violencia contra las mujeres no siempre se consigue aplicando la letra o el espíritu de la ley. 39 El Comité exhorta al Estado parte a: • Se propone la implementación de campañas de concienciación dirigidas a la población en general, enfocadas en abordar los estereotipos de género presentes en los libros de texto y planes de estudio, y revisar la normativa educativa para promover la adopción de prácticas más equitativas entre hombres y mujeres en los entornos educativos. Además, se sugiere que los medios de comunicación privados y empresas de publicidad también lleven a cabo campañas de sensibilización en relación a este tema. • Educar al público sobre la igualdad de sexos mediante estereotipos positivos de la mujer y estrategias innovadoras dirigidas a los medios de comunicación. • Compruebe los resultados de las medidas adoptadas y realice los ajustes necesarios. Varias de las zonas más pobres de América Latina siguen gobernadas por instituciones patriarcales que refuerzan la desigualdad y la marginación, a pesar de la existencia de leyes y tradiciones que condenan los feminicidios. Aunque muchas naciones han aprobado leyes para combatir la violencia de género y algunas incluso han incoado procedimientos penales por el homicidio de mujeres, sigue faltando una aplicación plena, y sólo las organizaciones internacionales tienen el poder y los 40 recursos necesarios para garantizar el seguimiento de los avances. Según el Tratado de Belém do Pará, el feminicidio es la expresión más grave de discriminación y violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe. Hay varios factores que contribuyen al aumento del número de víctimas mortales, como los elevados índices de violencia contra las mujeres, su acceso inadecuado o inexistente a la justicia, la impunidad generalizada en los incidentes de violencia contra las mujeres y la persistencia de prácticas sociales discriminatorias. De acuerdo con Guerra (2019), el feminicidio es visto a través de un lente particular, planteando la autora que las problemáticas más apremiantes en torno a este delito no pueden ser entendidas de manera aislada, sino que están intrínsecamente entrelazadas con todos los sistemas que son mutuos e integrales en su concepción del rol de la familia. Este método necesita ser estudiado y puesto en práctica, y los principios y valores de respeto deben ser inculcados en las condiciones que una mujer se refiere, a las afectaciones, como modelo conductual de las interacciones emocionales, regularán los principios rectores de cada relación interpersonal que surja en la incertidumbre de un paradigma desorganizado, haciendo de éste un aspecto esencial. 41 2.2.7. Tipos de Feminicidio El Ministerio de la Mujer de Perú apoya muchas formas de violencia de género como parte de sus esfuerzos para erradicar este problema social generalizado y permeable. Según el Ministerio de Asuntos de la Mujer, existen tres categorías distintas de feminicidio, cada una de las cuales tiene en cuenta factores relacionados con la proximidad del agresor a la víctima. Sin embargo, estas tres categorías pueden parecer redundantes dado que dan cuenta de todos los casos de femicidio en nuestro país. A continuación se describen algunas de las muchas formas de feminicidio, según Toledo (2009): • Feminicidio Íntimo: Es cuando un hombre mata a una mujer debido a su estrecha relación con ella, ya sea por convivencia, noviazgo, amistad o proximidad a la víctima en el vecindario. • Feminicidio Familiar Íntimo: El término "feminicidio" se refiere al asesinato intencionado de una mujer por un miembro de la familia inmediata de la víctima, ya sea marido, padre, hijo, hija, hermana, consorte, padre adoptivo u otro pariente o amigo. • Feminicidio Infantil: Asesinar a un niño o a un adulto incapaz sin motivo justificado incluye matar a un pariente, una sobrina, un sobrino, un primo de una sobrina, un hijo adoptivo, una hermana, 42 un hermano o cualquier otra persona con la que el delincuente tenga una estrecha relación personal o emocional. • Feminicidio sexual sistémico: Son los hombres los que definen los roles de género en la sociedad basándose en los prejuicios y la misoginia, lo que conduce al asesinato sistemático de niñas y mujeres por el hecho de ser mujeres. Los restos de estas mujeres se encuentran a menudo en restos de naves espaciales tras haber sido sometidas a torturas, agresiones sexuales y homicidios. • Feminicidio por trabajos estigmatizados: Algunas mujeres son atacadas por su sexo, mientras que otras mueren por el tipo de trabajo que desempeñan. Trabajan como strippers, azafatas o bailarinas. Aunque se enfrentan a la violencia por el mero hecho de ser mujeres, el trabajo ilegal que realizan las convierte en objetivos fáciles. "El feminicidio tiene muchas formas: personal, no íntimo, por vínculo, infantil, sistémico, racista, empleo estigmatizado, prostitución, trata, tráfico, transfóbico y lesbofóbico", señaló la Corte Suprema de Justicia del Perú en su Décima Séptima Razón (RN 125-2015). El feminicidio íntimo, definido como la violencia cometida contra una mujer en el contexto de un vínculo de convivencia, familiar o de afinidad con el agresor, es el tipo de violencia más frecuente contra las mujeres en todo el mundo. Hace tiempo que se reconoce que la violencia contra las mujeres 43 es una violación significativa de los derechos humanos, pero sólo recientemente se ha formalizado este reconocimiento gracias a los esfuerzos de grupos de mujeres y organizaciones internacionales. 2.2.8. Causas del feminicidio Hernández et al. (2018) afirman que existen dos grandes categorías de razones que explican la prevalencia de los feminicidios: lo microsocial, relacionado con creencias y prácticas interiorizadas, y macrosocial, se refiere a las expresiones sistémicas del poder social, la dominación y la desigualdad. El feminicidio puede producirse por muchas razones, pero la envidia es, con mucho, el motivador más frecuente. Algunos hombres que matan a sus esposas dicen que lo hicieron por celos. Sobre todo si se trata de acusaciones de adulterio. Cuando la esposa de un hombre quiere separarse y él no está de acuerdo con esa decisión, puede recurrir a la violencia. La ira también puede derivarse de la negación o el rechazo de un interés romántico. El abuso de sustancias y el alcoholismo de los agresores masculinos también son factores de este problema. Gonzales (2018) sostiene que los factores que conducen a los actos de violencia contra las mujeres son en sí mismos 44 características atractivas. Reconocer el patrón de ambas partes en estas interacciones exige una compleja cadena de reflexiones sobre el efecto en la persona y, en particular, un examen psicológico que sitúe al delincuente como actor principal. Dado que las agresiones normales del agresor incluyen una planificación previa, éste es un factor de riesgo importante que debe detectarse antes de que cometa un femicidio. Femicidio es que un tipo esclavice y tome el cuerpo de una mujer por ser mujer o no serlo de la manera "adecuada", independientemente de las circunstancias. Debido a estos factores, el feminismo radical -un movimiento que ofrece una explicación a la situación de las mujeres por un sistema que las subordina de forma totalizadora- se convirtió en la cuna de la contemplación sobre el feminicidio. La subordinación no sólo ha normalizado la violencia en nuestra sociedad, sino que también la ha institucionalizado e institucionalizado. Según Hernández (2019), la unidad familiar es la columna vertebral de cualquier sociedad en la que se cometa o evite el femicidio. Esto se debe, entre otras cosas, a que el agresor suele provenir de una familia con antecedentes de violencia intrafamiliar, lo que puede fomentar actitudes hostiles hacia la mujer y la figura del hombre y puede llevar al desarrollo de celos 45 patológicos, pudiendo ambos desembocar en actos violentos. Como componente precipitante directo, examina el consumo abusivo de drogas ilícitas o estupefacientes, que, combinado con las tensiones de la vida conyugal, puede desembocar en estallidos violentos. Seguir expuesto a entornos violentos refuerza las tendencias agresivas. Muchas veces, el agresor familiar sale impune de sus actos violentos porque se le ha perdonado, no se le ha avergonzado públicamente y no se ha encontrado con una reacción violenta propia. Cuando la conducta agresiva es efectiva, se refuerza. Según Meléndez (2018), los perpetradores de femicidio buscan dominar, imponer control y negar la autoafirmación de las mujeres como sujetos de derechos para silenciarlas y someterlas. Los grupos feministas de Perú presionaron para que se iniciaran investigaciones sobre el tema, y sus presentaciones periódicas de conclusiones y datos al gobierno ayudaron a incluir el problema en la agenda nacional. Algunas definiciones de femicidio que Pino (2020) describe como violencia discriminatoria patriarcal son las siguientes: No es sólo ser mujer lo que genera y ejerce violencia; el género también es utilizado como una herramienta etiquetadora y discriminadora, para mantener a las mujeres donde la sociedad 46 cree que pertenecen (en un estatus social inferior y en un rol subordinado a los varones). Como parte fundamental del feminicidio, el odio a la mujer conduce a la violencia, pero no contra la propia mujer. El cónyuge o la ex pareja suelen iniciar una disputa, y la víctima se ve expuesta a la violencia contra su persona, incluso por parte de su pareja actual, con la que desea crear un nuevo hogar. El carácter discriminatorio de la agresión masculina hacia las mujeres tiene también una finalidad práctica para preservar la superioridad del hombre y el sometimiento de la mujer. La violencia se emplea para imponer el paradigma patriarcal en nuestra cultura, incluso cuando las mujeres aceptan su papel servil y sumiso y, en este sentido, la violencia de género se produce con frecuencia. A veces basta con una mirada amenazadora u otro tipo de agresión no física. Según el perfil psicológico de un agresor, su personalidad se caracteriza por un patrón de actitudes y acciones abusivas. Estos individuos suelen considerar diversas formas de abuso como el medio principal para resolver conflictos. Los cimientos del aprendizaje social se sientan en la primera infancia, y si bien debe enseñarse a los hombres a valorar el cuidado y la protección de las mujeres, esto no debe interpretarse como un 47 llamamiento a que los hombres traten a las mujeres como inferiores, sino que debe darse la misma importancia a hombres y mujeres sin descartar la naturaleza complementaria de sus funciones. 2.2.9. Consecuencias del feminicidio El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (2015) afirma que la violencia de género tiene efectos persistentes y de gran alcance que impiden el desarrollo nacional. Aparte de los costes humanos obvios, como la pérdida de productividad y el absentismo, es importante considerar la naturaleza acumulativa de este tipo de violencia como causa principal de morbilidad y mortalidad. Los efectos de la violencia no se limitan a la generación inmediata de los directamente afectados, sino que se extienden a las generaciones posteriores y generan costes institucionales. Según Rodríguez (2019), existe una amplia literatura que evidencia que la mayoría de las víctimas de homicidio que forman parte de una relación de pareja son mujeres, aunque incluso en los casos donde las víctimas no tienen vínculo sentimental, el patrón de comportamiento suele estar marcado por la sobreposición de los hombres sobre las mujeres. Esta situación refleja la idea generalizada en la sociedad de que los hombres son superiores a las mujeres. La Organización Mundial 48 de la Salud informa de que estas recomendaciones y nociones de superioridad masculina sobre la mujer son responsables de una parte desproporcionada de las muertes femeninas en el mundo (especialmente en Sudamérica). Zapata (2018) explica que la víctima suele presentar conductas violentas, lo que tiene tres efectos negativos en su salud mental: el primero es la depresión, que se agrava con el tiempo, afectando no solo su estado de ánimo, sino también su falta de energía y ansiedad. Esto tiene un impacto significativo, aumentando el riesgo de feminicidio de la víctima y su presión arterial. La violencia que sufren las mujeres provoca cambios emocionales como la desesperación y el estrés, que pueden conducir a un deterioro de la salud y a un mayor riesgo de feminicidio. Según Morales (2020), el Decreto Supremo N° 001-2020-MIMP desarrolla un fondo para ayudar a la seguridad social de las víctimas y a su crecimiento y desarrollo en general indirectamente por el feminicidio. El artículo N°2 especifica quiénes recibirán esta ayuda económica: • Jóvenes de ambos sexos cuyas madres fueron asesinadas por un hombre. Además, adultos que han completado la escuela secundaria o la universidad con eficacia a pesar de haber experimentado la pérdida de una madre por femicidio. 49 • Alguien que dependía económicamente y era cuidado por la víctima de femicidio y que tiene una discapacidad de gravedad moderada o grave. De esta manera, se puede decir que esta norma establecerá un subsidio económico como forma de compensar la violencia y el trauma causado por el femicidio. El Estado lo ve como una forma de compensar esta situación. Según Navarro (2018), el feminicidio dañará la salud física y emocional de la víctima. Esto se debe a que lo único que le sucederá a la víctima de feminicidio es que morirá, pero si esto no sucede, el crecimiento emocional de la víctima se verá atrofiado, lo cual podría considerarse un bien jurídico protegido en este caso. Según Crisanto (2019), hay una serie de cosas malas que suceden. Los hijos de madres asesinadas y aquellos cuyos padres están en la cárcel o prófugos pueden sufrir efectos psicológicos a largo plazo, pues vuelven a quedar huérfanos. Trauma familiar: "Dado que la mayoría de los homicidios contra mujeres se producen en el hogar, no sólo afecta a la familia inmediata, sino también a sus amigos y redes extendidas. Ansiedad y miedo: "Las mujeres tendrían más miedo y estarían más preocupadas por salir a la calle porque podrían ser violadas". 50 2.2.10. Prevención del feminicidio Rodríguez (2019) afirma que el feminicidio es difícil de abordar ya que no existe una categorización de la violencia contra las mujeres. Además, no hay distinciones en las razones que llevan a algunos hombres a cometer dicho delito, a pesar de que la víctima sea su pareja, un familiar o alguien cercano al victimario. Navarro (2018) dice que un estudio reciente considera que para reducir la probabilidad de feminicidio, las sociedades deben contar con sólidos sistemas institucionales de apoyo. Este planteamiento implica la necesidad de eliminar por completo toda manifestación de abuso doméstico dirigido hacia mujeres. En este sentido, se señala que la discriminación de género y otras formas de violencia hacia el género femenino son favorecidas por diversas variables que fomentan la aceptación de dichas actitudes. Según lo establecido por la Organización de los Estados Americanos en 2006, para garantizar el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, los Estados Partes deben reportar a la Comisión Interamericana de Mujeres las acciones que han tomado para prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres, las medidas que han implementado para asistir a las mujeres 51 que han sido víctimas de violencia, los desafíos que han enfrentado en relación a las variables que fomentan la violencia contra las mujeres, y cómo se están aplicando estas medidas. Díaz et al. (2019) enumeran los siguientes como los argumentos más comunes contra el femicidio: El imperativo político y penal de criminalizar el femicidio es la primera línea de defensa contra esta política. Como el artículo 108-B del Código Penal peruano no defiende un bien jurídico distinto del homicidio o asesinato, los delitos podrían incluirlo. Se ha argumentado que el acto de feminicidio, como cualquier otro asesinato, devalúa la vida de otro ser humano. Del mismo modo, algunos abogados penalistas y criminólogos sostienen que el derecho penal reduce un problema sistémico - la opresión de la mujer en la sociedad- a un hecho concreto: un acto de violencia con un único agresor y una única víctima. 2.2.11. Las teorías sobre el feminicidio Los siguientes son factores a tener en cuenta, según sugiere Guerra (2019): Según la Teoría Psicopatológica, la propensión de una persona al comportamiento violento o indeseable puede remontarse a problemas de salud mental subyacentes, y esta teoría identifica 52 una serie de trastornos antisociales de la personalidad específicos vinculados al entorno del agresor. La teoría de género intenta arrojar luz sobre el fenómeno del femicidio haciendo hincapié en las rasgos históricos que emplea en un esfuerzo por situar al agresor detrás de este crimen, detrás de un reino de la realidad en el que no desempeña ningún papel discernible, en la que tanto mujeres como hombres contribuyen a la creación de nuevas posiciones en la sociedad a través de un proceso histórico que detalla la subyugación femenina. La Teoría del Aprendizaje Social identificará, a través de la asociación diferencial, mismo que dará cuenta de cuánto tiempo y con qué frecuencia se mantiene este tipo de contacto a lo largo del tiempo, incluyendo el hecho de que el feminicidio es un comportamiento que puede ser clasificado como despiadado cuando una persona forma parte de ciertos grupos violentos. La teoría de los recursos habla sobre todo de cómo cambian las cosas dentro del entorno de una pareja. Del mismo modo que el uso de la fuerza y la amenaza se señalan como partes importantes del comportamiento de una persona agresiva, la teoría de los recursos también hará referencia a diferentes factores externos que afectan a cómo cambia una familia. Así es como un enfoque específico de la gestión de los recursos intenta 53 mostrar cómo una persona domina y controla a otra. La aceptación social de la violencia doméstica, en todas sus formas, como algo normal e incluso frecuente en la formación y crianza de las parejas. Según Díaz, et al, un elemento subjetivo del delito de femicidio es el comportamiento por parte del agresor con el objetivo específico de dañar o matar a la víctima debido a su estado de salud. Este motivo debe atribuirse al agresor en función de todas las circunstancias de hecho de cada caso desde el punto de vista normativo de la cuantía económica en que se perjudica a la víctima. (2019). 2.2.12. Violencia Familiar 2.2.12.1. Concepto Según el trabajo de Puget y Berenstein (citado en Lammoglia, 2009), la violencia se define de la siguiente manera: Un acto realizado con la intención de matar a otro ser humano, mental o físicamente, o de provocar el deseo de muerte del otro transformándolo en un no-sujeto en el preciso momento en que necesita utilizar lo menos posible su propia subjetividad para provocar su propia muerte. (...). (p.27) 54 La violencia familiar se define como "la cadena de acontecimientos que conduce a la muerte, lesiones, agresión sexual o abuso físico de un miembro de la familia debido a una posición de autoridad o responsabilidad en la que se confiaba", según el artículo 6° de la nueva "Ley para la atención, eliminación y sanción de la violencia contra la mujer y los miembros del hogar" de Perú, Ley N° 303664. La nueva legislación confirma la idea de la institución de la "Familia", donde todos los miembros del hogar tienen derecho a la protección, especialmente no sólo a los sujetos, como ocurría con la extinta Ley Nº 26260. Se incluyen en esta categoría las personas que comparten vivienda pero no tienen antecedentes contractuales laborales o afines, como los compañeros de piso, Los cónyuges y otros parientes de personas que convivan hasta el cuarto grado de afinidad o consanguinidad. También se tiene en cuenta a los adolescentes, ya que son jóvenes vulnerables que necesitan cuidados y protección especiales. Con este fin, el término "violencia familiar" se refiere a una amplia gama de comportamientos abusivos perpetrados por miembros de la familia entre sí, con mayor frecuencia pero no 55 exclusivamente mujeres, niños y adultos, y que pueden causar graves daños en muchos niveles. Según (Gonzales, 2017 p.24) 2.2.12.2. Tipos de Violencia Familiar Con el fin de diferenciar las distintas formas de maltrato doméstico, la Ley nº 30364 enumera las cuatro categorías siguientes: -Violencia Física: Comportamiento agresivo que pone en peligro la salud o la seguridad de alguien. -Violencia Sexual: Contacto sexual involuntario o forzado entre dos personas. -Violencia Económica: Negligencia o falta de honradez con intención de defraudar a alguien su dinero o sus bienes. -Violencia Psicológica: Actos de humillación, categorización, estimación o insultos cometidos contra la voluntad de una persona con el fin de aislarla, controlarla y dominarla. 56 2.2.12.3. Causas de la Violencia Familiar Los actos violentos pueden verse precipitados por una serie de factores que interactúan entre sí para crear un círculo virtuoso. Entre las muchas formas que puede adoptar la discordia familiar, suelen intervenir factores sociales, económicos, culturales y psicológicos. Algunas personas creen que cualquiera de estas circunstancias puede conducir a una situación más violenta. -Derechos Vulnerados La Ley Nº 30364 garantiza a todos los miembros de una familia, incluidas las mujeres, una vida libre de violencia, educación, valía y pertenencia a cualquier patrón de comportamientos culturales y sociales relacionados con las ideas de subordinación e inferioridad y los estigmas, prejuicios o estereotipos que las acompañan. De acuerdo con los derechos a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad consagrados en la Declaración de Derechos Humanos, nadie tiene derecho a ser sometido a ninguna restricción física o psicológica que atente contra su dignidad inherente o contra su derecho a ser tratado con crueldad, inhumanidad, tortura o humillación. 57 2.2.12.4. La violencia de género La violencia de género se refiere a los actos violentos cometidos contra las mujeres simplemente porque son mujeres. Esta forma de violencia se considera una parte integral de un ataque más amplio contra los derechos de la mujer, incluyendo su derecho a la vida, la libertad y la dignidad. La violencia de género se produce en sistemas de relaciones desiguales entre hombres y mujeres, lo que puede resultar en daño sexual, físico o psicológico, incluyendo amenazas y restricciones arbitrarias de la libertad. Esta violencia puede tener lugar tanto en el ámbito privado, como en el público. (Xunta de Galicia, 2020) 2.2.12.5. Consecuencias de la Violencia Familiar – Relación con el feminicidio Las agresiones en el seno de las familias se producen en diversos contextos y no están limitadas por la edad, el sexo o la situación socioeconómica. En el refugio seguro de la familia, donde todos comparten una atmósfera de violencia, donde la ofensa del hombre delante de los niños hará que éstos se conviertan en víctimas de tales agresiones. Los niños son víctimas no sólo porque ven estas cosas, sino también porque tienen que vivir en ellas. Sufren abusos emocionales y físicos porque desde pequeños se les 58 enseña que ese comportamiento es aceptable en el contexto de una unidad familiar. Los niños que crecen en un hogar hostil se ven afectados negativamente. Para empezar, impide su desarrollo emocional, físico y psicológico a largo, medio o corto plazo. El hecho de que sus viviendas no funcionen correctamente les hace más susceptibles de sufrir daños que la población general. Un niño que ve a sus padres comportarse así probablemente responderá con dolor y violencia por miedo a verse arrastrado al ciclo de violencia familiar. Aprender a reprimir sus emociones y sus deseos para poder concentrarse en lo que ocurre en casa ocupa gran parte de su tiempo. Los feminicidios causados por la violencia doméstica tendrán las repercusiones de mayor alcance, especialmente en los jóvenes, que sufrirán daños mentales permanentes si no reciben tratamiento. (Rpp.pe, 2013) Verona sostiene que es necesario tener en cuenta los efectos del maltrato y la violencia domésticos si queremos adquirir una comprensión más completa del fenómeno. 59 - Efectos psicofísicos: El término "efectos psicofísicos" se refiere a la influencia simultánea sobre el cuerpo y la mente. - Efectos Fisicos: Los hematomas, las quemaduras, los huesos rotos y las llagas abiertas son signos visibles de traumatismo físico. - Efectos psicológicos: La intensificación de la disputa familiar provoca el empeoramiento de la salud mental del individuo ofendido que se manifiesta a través de la depresión. El aumento de la violencia que se observa tras este tipo de acciones en las escuelas y las comunidades tiene repercusiones de gran alcance en muchas familias, hogares y personas. Los niños y adolescentes que prestan poca atención a sus tareas escolares suelen obtener malos resultados. La falta o la imposibilidad de obtener servicios de salud mental en las escuelas es un problema grave. Las agresiones no sólo tienen repercusiones directas para las propias víctimas, sino también para sus amigos y seres queridos; causan trastornos en el hogar, dificultan la concentración en los estudios o el trabajo y reducción de la felicidad y la calidad de vida. (López y Lozano, 2017, p. 102). Las mujeres que han sido víctimas de malos tratos domésticos pueden recurrir al suicidio si sienten que no 60 tienen otra opción, ya que el Estado no está ahí para ayudarlas a afrontar sus problemas. 2.2.12.6. Violencia familiar y su relación legal con el feminicidio A la luz de la correlación entre feminicidio y violencia doméstica, está claro que la violación de los derechos de la mujer es un obstáculo importante para el establecimiento de una sociedad verdaderamente democrática, justa y equitativa. (Toledo, 2009) El término "violencia familiar" se utiliza para describir una situación en la que un miembro de la familia emplea la fuerza física o psicológica sobre otro miembro (generalmente la mujer). Así, las acciones del acusado que tenían por objeto cegar o matar a la cónyuge o conviviente debido a tensiones en el seno de la familia se consideran femicidio (art. 108-B del CP) y no parricidio (art. 108 del CP). Así, en ciertos casos de femicidio, la muerte es consecuencia de desavenencias y peleas que predominan en un hogar compartido, lo que sugiere un trasfondo previo de violencia familiar. (La Ley, 2020, párr.1 - 5) 61 El artículo 108-B del Código Penal peruano define el feminicidio como la muerte intencional de una víctima mujer en razón de su género, en cualquiera de las siguientes circunstancias: Compartan o no el hogar con su agresor o agente, las mujeres son, no obstante, objeto de coacción, violencia doméstica, abusos sexuales, uso excesivo del poder y otras formas de autoridad. Lo anterior demuestra, a grandes rasgos, la conexión entre el maltrato intrafamiliar y el feminicidio ante la ley. 2.3. Marco conceptual Acompañamiento A medida que el caso avanza por sus etapas, es importante trabajar con las víctimas y tener en cuenta sus necesidades. Este apoyo tiene una orientación psicosocial y a menudo implica la participación de especialistas en salud mental. Atención especializada Proporcionar asistencia especializada que aborde las causas profundas y las repercusiones del comportamiento violento. Agresor Individuo que busca agredir o lesionar los derechos de otro individuo. 62 Ciudades Seguras Implica un enfoque de intervención local para frenar la violencia y la delincuencia urbanas. Cultura de paz Nueva forma de conexión y compromiso humano. (Declaración de Yamoussoukro, 1989). Declaratoria de alerta de violencia de género Se trata de una iniciativa en la que la sociedad civil o grupos de derechos humanos solicitan la investigación de actos que perturban la armonía social y que implican delitos contra las mujeres en un territorio específico. Derechos humanos de las mujeres Derechos que son esenciales e indivisibles para las mujeres. (LGAMVLLV, 2007: 50). Dominación masculina Existen claras distinciones fisiológicas y anatómicas entre los sexos, incluidas las variaciones en la función reproductora, los rasgos sexuales secundarios y la anatomía del aparato reproductor y los senos. Si bien es cierto que la desigualdad no puede considerarse un resultado directo de la naturaleza, la jerarquización desigual está en el 63 origen del orden social y del desarrollo de los diferentes intercambios. Es importante tener en cuenta que una de las principales razones por las que se atribuye a las mujeres una debilidad intrínseca se forma a través del simbolismo basado en la interpretación de hechos biológicos. Debido a la negación de su participación en múltiples ámbitos de significado, que las sitúa en una posición en la que sólo pueden ser referidas pero no ser un referente, la fertilidad y la reproducción son dos factores clave en la construcción de la supremacía masculina. Como resultado, las mujeres acaban siendo excluidas. Estereotipo creencias con raíces histórico-sociales que surgen de un proceso cognitivo destinado a simplificar una realidad compleja, sesgada ideológicamente. Género Las sociedades y los centros definen en cada momento las identidades, actividades, posiciones, obligaciones y necesidades fundamentales asociadas al hecho de ser mujer u hombre. Medidas de Protección Estas formas de apoyo son las decisiones y posturas adoptadas por el Estado a través de sus diversas instancias públicas con el objetivo de proteger o atender a la víctima de la agresión, con referencia al propio maltrato y al agente agresor. 64 Víctima Individuo que sufrió un daño presenciándose lesiones mentales o físicas, pérdida económica, padecimiento emocional o vulneración de sus derechos básicos. 65 CAPÍTULO III METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN 3.1. Hipótesis 3.1.1. Hipótesis General La relación que existe entre la violencia familiar y los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla durante el período 2018 y 2019, es de causa a efecto. 3.1.2. Hipótesis Específicas • Existe una relación entre la violencia familiar en su modalidad de maltrato físico y los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla durante el período 2018 y 2019, y es de antecedente a consecuencia. • La relación que existe entre la violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico y los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla durante el período 2018 y 2019, es relativa. • Las medidas de protección que dispuso el Juez de Familia en los casos de violencia familiar que desencadenaron en 66 feminicidios en San Jerónimo y Saylla durante el período 2018 y 2019, se implementaron de manera inadecuada, debido a que no existe un equipo multidisciplinario eficaz encargado de realizar el seguimiento a su ejecución. • Los procesos penales por feminicidios derivados de violencia familiar en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019, se desarrollaron en forma regular, sin embargo, la familia quedó desprotegida y no se resolvieron las situaciones que originaron los hechos de violencia familiar que desencadenaron en la comisión del delito. • El Estado no implementó medidas de protección de manera satisfactoria, para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019, debido a que únicamente se agravaron los delitos, soslayando el origen del problema. 3.2. Método Método deductivo o hipotético deductivo que permitirá recoger datos y analizar las variables del tema. 67 3.3. Tipo de investigación Es jurídico descriptivo, explicativo, para conocer y describir nuestra realidad, explicar por qué y encontrar la relación entre estos delitos. Enfoque: Cuantitativo. 3.4. Nivel o alcance de investigación Básico, debido a que el estudio se orienta en la profundización del fenómeno. 3.5. Diseño de investigación Correlacional, por la relación que enmarca a las variables. 3.6. Operacionalización de variables Variable independiente La Violencia Familiar y su relación con el feminicidio. Variable dependiente: El Feminicidio. VARIABLES DE INDICADORES TÉCNICA DE LAS HIPÓTESIS RECOLECCIÓN DE DATOS Independiente: Políticas públicas, -Análisis de planes y programas textos La Violencia relacionados con la Familiar y su Violencia Familiar -Entrevistas relación con el feminicidio. Marco legal -Análisis de internacional y textos nacional sobre Violencia Familiar Tipos de Violencia -Análisis de Familiar textos Causas de la -Análisis de Violencia Familiar textos 68 -Entrevistas Consecuencias de la -Análisis de Violencia Familiar textos -Entrevistas La violencia de género -Análisis de textos -Entrevistas Lesiones Análisis de textos Psicológicas derivadas de Violencia Familiar Lesiones Físicas Análisis de textos derivadas de Violencia Familiar Prevención de la -Análisis de Violencia Familiar textos -Entrevistas Tratamiento procesal -Análisis de de la Violencia textos Familiar -Entrevistas Derecho a la Análisis de textos integridad psicológica de los -Entrevistas niños y adolescentes. -Análisis documental de los expedientes Derecho al libre -Análisis de desarrollo y bienestar textos de los niños y adolescentes -Entrevistas -Análisis documental de los expedientes Variable Procesos de -Análisis dependiente Feminicidio documental de tramitados en los los expedientes distritos de San Jerónimo y Saylla, El Feminicidio departamento del Cusco 2018- 2019. Políticas públicas, -Análisis de planes y programas textos relacionados con el Feminicidio -Entrevistas 69 Marco legal -Análisis de internacional y textos nacional sobre feminicidio Tipos de Feminicidio -Análisis de textos Causas del feminicidio -Análisis de textos -Análisis documental de los expedientes -Entrevistas Consecuencias del -Análisis de Feminicidio textos -Análisis documental de los expedientes -Entrevistas Prevención del -Análisis de feminicidio textos -Entrevistas Tratamiento procesal -Análisis de del Feminicidio textos -Análisis documental de los expedientes -Entrevistas 3.7. Población, muestra y muestreo 3.7.1. Población Comprendió los casos de feminicidio ocurridos en San Jerónimo y Saylla durante los años 2018 y 2019, asimismo 70 Magistrados (Jueces de Familia y Penales), Abogados y Psicólogos especializado en el ámbito familiar del Distrito Judicial del Cusco. 3.7.2. Muestra Como muestra tomamos casos mediáticos ocurridos en Saylla y San Jerónimo, Cusco, correspondiente a los años 2018 y 2019. Con respecto a los operadores de derecho, se obtuvieron datos de 15 Magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público, 10 Abogados litigantes, 5 Psicólogos y 30 ciudadanos. 3.7.3. Muestreo No probabilístico intencional o a elección del investigador. (Solís, 2001, p. 182) 3.8. Técnicas e instrumentos 3.8.1. Técnicas para la recolección de datos - Análisis de textos: Esta técnica comprende el análisis de libros de especialidad, revisión de la literatura tanto en documentos físicos o en línea, 71 con el objetivo de conocer mejor el fenómeno y alcanzar los propósitos de la investigación. -Análisis documental: De un caso sobre feminicidios objeto de muestra ocurrido durante los años 2018 y 2019 en San Jerónimo y Saylla, de la, presentándose la limitación de acceso al otro caso ocurrido pues se encuentra aún en etapa de juzgamiento. -Entrevistas: A operadores del derecho que participaron en los procesos sobre feminicidio ocurridos durante los años 2018 y 2019 en el departamento del Cusco, Magistrados del Poder Judicial Jueces Penales y Jueces de Familia, del Ministerio Público, y Abogados especializados. -Entrevista a expertos: Psicólogos especializados en Violencia Familiar. 3.8.2. Técnicas de procesamiento y análisis de datos recolectados Divido en dos etapas: la obtención y la selección, y el análisis de la misma. La información fáctica proveniente del conjunto de expediente judiciales, de las entrevistas y el contenido teórico proveniente de la evaluación documental de las dimensiones de las 72 investigaciones, permitió alcanzar los propósitos del estudio y la contrastación de las conjeturas. -Descripción de los instrumentos Contienen los datos para el reconocimiento de las variables y también, el cuerpo conceptual para la evaluación de sus dimensiones e indicadores. 3.9. Consideraciones éticas Se han respetado los derechos del autor utilizando el formato de citas y referencias APA adecuado, y la obra se ha creado teniendo en cuenta a las personas, las familias, la dignidad y las contribuciones a la sociedad, que son las piedras angulares de la ética. 3.10. Procesamiento estadístico Como ya se ha mencionado anteriormente, los hallazgos teóricos y empíricos de la investigación se presentan mediante la argumentación jurídica (en el caso de los hallazgos teóricos) y se ilustran mediante tablas y gráficos (en el caso de los hallazgos empíricos). Todos ellos fueron son analizados e interpretados conjuntamente empleando Excel. 73 CAPÍTULO IV RESULTADOS Y DISCUSIÓN 4.1. Resultados entrevistas y expedientes Como se estableció en el proyecto de tesis aprobado, la muestra que se fijó comprende: 15 Magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público, 10 Abogados litigantes, 5 Psicólogos y 30 ciudadanos, en total 60 personas. Tabla 1 ¿Considera usted que existe relación entre la violencia familiar en contra de mujeres y los feminicidios? CATEGORIA FRECUENCIA PORCENTAJE 1. SI 55 91.7% 2. NO 0 0% 3. En algunos casos 5 8.3% TOTAL 60 100% Figura 1 ¿Considera usted que existe relación entre la violencia familiar en contra de mujeres y los feminicidios? 74 60 50 40 30 20 10 0 SI NO EN ALGUNOS CASOS Como se puede observar de la tabla 1 y figura 1, 91.7% de los entrevistados consideran que existe relación entre la violencia familiar en contra de mujeres y los feminicidios, ninguno considera que no la hay y 8.3% en algunos casos. Tabla 2 ¿Según su criterio cómo se relaciona la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato físico con los feminicidios? CATEGORIA FRECUENCIA PORCENTAJE 1. Posee relación directa 20 33.3% 2. De antecedente a 35 58.4% consecuencia 3. Relativamente 5 8.3% TOTAL 60 100% Figura 2 ¿Según su criterio cómo se relaciona la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato físico con los feminicidios? 75 40 35 30 25 20 15 10 5 0 Posee relación De antecedente a Relativamente directa consecuente De acuerdo con los resultados presentados en la Tabla 3, se puede observar que el 41.7% de los entrevistados consideran que la violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico se relaciona con los feminicidios de forma directa, mientras que el 33.3% opina que existe una relación de antecedente a consecuencia. Por otro lado, el 25% de los entrevistados consideran que la relación entre ambas variables es relativamente baja. CATEGORIA FRECUENCIA PORCENTAJE 1. Posee relación directa 10 16.7% 2. De antecedente a 30 50% consecuencia 3. Relativamente 20 33.3% TOTAL 60 100% Figura 3 ¿Según su criterio de qué manera se relaciona la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato psicológico con los feminicidios? 76 30 25 20 15 10 5 0 Posee relación De antecedente a Relativamente directa consecuente Como se puede observar de la tabla 3 y figura 3, 50% de los entrevistados consideran que la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato psicológico se relaciona con los feminicidios, de antecedente a consecuencia; 16.7% en forma directa y 33.3 % relativamente. Tabla 4 ¿Cómo considera usted que se implementan las medidas de protección que dispone el Juez de Familia ante los casos de violencia familiar que desencadenan en feminicidios? CATEGORIA FRECUENCIA PORCENTAJE 1. Adecuadamente 15 25% 2. Inadecuadamente 45 75% 3. Otro 0 0% TOTAL 60 100% Figura 4 ¿Cómo considera usted que se implementan las medidas de protección que dispone el Juez de Familia ante los casos de violencia familiar que desencadenan en feminicidios? 77 50 45 40 35 30 25 20 15 10 5 0 Adecuadamente Inadecuadamente Otro Como se puede observar de la tabla 4 y figura 4, 25% consideran que las medidas de protección que dispone el Juez de Familia ante los casos de violencia familiar que desencadenan en feminicidios se implementan adecuadamente, y 75% consideran que las medidas de protección que dispone el Juez de Familia ante los casos de violencia familiar que desencadenan en feminicidios se implementan inadecuadamente. Tabla 5 ¿Cómo considera usted que se desarrollan los procesos penales por feminicidios derivados de violencia familiar? CATEGORIA FRECUENCIA PORCENTAJE 1. No se sanciona al feminicida 0 0% 2. Se sanciona al feminicida y eso es 5 8.4% correcto 3. Se sanciona al feminicida, pero no se 55 91.6% resuelven las situaciones de violencia familiar que desencadenaron el delito 4. Otros 0 0% TOTAL 60 100% Figura 5 ¿Cómo considera usted que se desarrollan los procesos penales por feminicidios derivados de violencia familiar? 78 60 50 40 30 20 10 0 1 2 3 4 Como se puede observar de la tabla 5 y figura 5, 91.6% de los entrevistados consideras que los procesos penales por feminicidios derivados de violencia familiar se desarrollan sancionando al feminicida, pero no se resuelven las situaciones de violencia familiar que desencadenaron el delito y 8.4% opinaron que se sanciona al feminicida y eso es correcto. Tabla 6 ¿Cómo considera usted la implementación por parte del Estado de las medidas para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar en la Región Cusco? CATEGORIA FRECUENCIA PORCENTAJE 1. Satisfactoria 15 25% 2. No satisfactoria 45 75% TOTAL 60 100% Tabla 6 ¿Cómo considera usted la implementación por parte del Estado de las medidas para salvaguardar los derechos de las 79 víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar en la Región Cusco? 16 14 12 10 8 6 4 2 0 Satisfactoria No satisfactoria Como se puede observar de la tabla 6 y figura 6, 75% de los entrevistados consideran que la implementación por parte del Estado de las medidas para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar en la Región Cusco, no es satisfactoria, y solo 25% opinan que si son satisfactorias. 4.2. Caso de feminicidio ANÁLISIS DOCUMENTAL DE EXPEDIENTE SOBRE DELITO DE FEMINICIDIO DATOS GENERALES EXPEDIENTE N°. 07355-2818-40-1001-JR-PE-06. FISCALIA PROVINCIAL: Tercera fiscalía provincial Penal Corporativa del Cusco. 80 JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA: Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria – Cusco. JUZGADO PENAL COLEGIADO: Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial B del Cusco. SALA DE APELACIONES: No se puede precisar, por cuanto no se ha impugnado la sentencia de primera instancia. SENTENCIADO (S) : Benigno HUARAKA HUARAKA. AGRAVIADA (S) : Águeda HUARACA CONDORI. DELITO (S) : Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Homicidio, Sub-Tipo Feminicidio. OBJETIVO: Analizar la relación que existe entre la violencia familiar y el feminicidio. Se revisó el expediente judicial y de acuerdo con los ítems mencionados, se llenaron los datos requeridos y anotaron las observaciones pertinentes y necesarias. 1. RESUMEN DE LA TEORIA DEL CASO DEL MINISTERIO PÚBLICO: Circunstancias Precedentes: La Sra. Águeda HUARACA CONDORI y el Sr. Benigno HUARAKA HUARAKA, mantenían una relación matrimonial de hace 25 años aprox., han procreado 4 hijos, Vilma Albertina de 25 años, Juvenal Wilfredo de 23 y los menores M. H. H. y B. H. H., habiendo fijado su domicilio en el inmueble S/N del AA. HH. El Calvario- Chimpahuaylla- San Jerónimo-Cusco. Por los constantes maltratos físicos y 81 psicológicos que ejercía Benigno HUARAKA HUARAKA en contra de su cónyuge Agueda HUARACA CONDORI, sumado a ello el consumo constante de bebidas alcohólicas y el inicio de una relación extramarital paralela de éste con Victoria SARAYA QUISPE; la agraviada decidió dar por fenecida su vida marital con su esposo, separándose de hecho esto en el mes de enero 2018, por eso que desde esta fecha, la víctima vivía con sus dos menores hijos en la casa de su hija mayor Vilma A. HUARAKA HUARACA sito en la APV Maizales Lote B-8- Chimpahuaylla-San Jerónimo-Cusco. Pero sucede que el hijo de ambos Juvenal Wilfredo HUARAKA HUARACA, decide levantar construcciones en el lote de terreno en la APV La Pradera del Sur D-2- Saylla-Cusco; por ello, la Sra. Águeda HUARACA CONDORI, últimamente ayudaba en las labores de construcción de dicho inmueble y el acusado en su condición de albañil, se ofreció construir una vivienda de material noble para su hijo. Benigno HUARAKA HUARAKA, había acondicionado en el patio del inmueble una pequeña carpa de calaminas destinado a almacén de herramientas, donde se quedaba a dormir como cuidante, con estos antecedentes, Benigno HUARAKA HUARAKA, tenía la intención de retomar la relación conyugal con la víctima y en reiteradas ocasiones en presencia de sus hijos le había solicitado volver a vivir juntos, sin embargo su esposa se negó rotundamente, al mismo tiempo le exigió retirarse del inmueble en construcción. 82 Circunstancias Concomitantes: El día de los hechos 5 de noviembre del 2018 por la mañana, la Sra. Águeda HUARACA CONDORI y Benigno HUARAKA HUARAKA se comunicaron vía telefónica para comprar de materiales de construcción, siendo las 13:00 horas, del mismo día, se dirigieron al inmueble en construcción, ingresando a la carpa rustica, donde el investigado, nuevamente pide a su esposa retomar la relación marital, siendo rechazado por la mujer de forma tajante, quien le habría indicado que ya tenía otra pareja, lo cual habría ocasionado al acusado, cólera, ira y celos, por lo que procedió a agarrarle de los brazos haciéndola caer de espaldas al colchón de esponja que estaba en el piso, seguidamente presiona con las manos el cuello de la mujer, tratando de ahorcarla, instantes en que la víctima logra rascarle en el pecho, quijada y pómulo del agresor, sin embargo el autor del hechos cogiendo los brazos a su esposa, coloca en forma cruzada sobre su pecho de la víctima y aplastando con su rodilla sus brazos contra su pecho de la agravia, continuo asfixiándole con su mano presionado el cuello, instantes empezó a sangrar de la boca y nariz, por lo que, el acusado coloca papel higiénico a la boca, al mismo tiempo coge una soga y rodea el cuello de su mujer y haciendo un nudo jala y termina estrangulando. 83 Circunstancias Posteriores Luego de cometer este hechos de sangre, Benigno HUARAKA HUARAKA, acomodando el cadáver en el colchón tapándola con frazadas y asegurando con candado la puerta principal se retira del lugar llevando sus pertenencias de la occisa tales como una chompa, chal y una cartera conteniendo: DNI, peine, fotografía, teléfono celular de la agraviada; seguidamente por teléfono celular comunicó a su pareja actual Victoria SARAYA QUISPE el hecho suscitado siendo recriminada por ésta, es por ello que, el acusado huye a la localidad de Sicuani-Canchis y ya en esta localidad el 07NOV2018 se comunica con su pareja por vía teléfono celular para que le haga compañía propuesta que aceptó constituyéndose en dicha localidad; en este lugar Victoria SARAYA QUISPE persuade al acusado a entregarse a la policía, es por ello que, el 14NOV2018 retornan a Cusco y el 15NOV2018 en horas de la mañana Benigno HUARAKA HUARAKA se constituye a la Comisaria de San Jerónimo, y al estar merodeando el lugar es intervenido por un efectivo policial a quien pregunta sobre alguna denuncia en su contra y luego de las indagaciones y dándose con dicha denuncia es puesto a disposición del DEPINCRI PNP Cusco para las investigaciones por el presunto delito de Feminicidio en agravio de su esposa. Por otro lado, el 06NOV2018 en horas de la mañana, los hijos de la occisa como de costumbre se constituyen al inmueble escena del crimen, donde hallaron el cadáver de su progenitora y comunicaron inmediatamente a la Comisaría PNP Saylla, posteriormente con 84 participación del Fiscal de Turno, Médico Legista, Peritos del DEPCRI y Personal de Homicidios del DEPINCRI PNP Cusco, realizaron el Levantamiento de cadáver y conforme al Certificado de Necropsia e Informe Pericial de Necropsia Médico Legal N° 439-2018, el Médico Legista concluye como la causa de la muerte: Colapso Pulmonar. Debe resaltarse también que Benigno HUARAKA HUARKA el 15NOV2018, luego de su intervención, fue sometido al Examen Médico Legal Físico dando como resultado: excoriación de 1x0.1 cm., región subclavicular izquierda parte interna en proceso de resolución, excoriaciones 0.5 cm en pectoral izquierdo en proceso de resolución, concluyendo que presenta lesiones traumáticas corporales recientes, causados por impresión ungueal, otorgándole 02 días de incapacidad médico legal, conforme reza en el Certificado Médico Legal N. 022780- L-D-D. Por último, en su declaración Victoria SARAYA QUISPE, narró en forma detallada los hechos de sangre que habría cometido Benigno HUARAKA HUARAKA en agravio de su cónyuge, habiendo obtenido esta información por boca de éste y, en forma voluntaria entregó la bolsas conteniendo prendas de vestir y la cartera de la occisa, las mismas que habían sido dejado en su domicilio por el acusado y al recabársele su declaración Benigno HUARAKA HUARAKA reconoció los hechos materia de la investigación, expresando su arrepentimiento. 85 2. RESUMEN DE LA TEORIA DEL CASO DE LA DEFENSA DEL ACUSADO: La defensa del acusado no efectúa alegatos iniciales en tanto no contradice los alegatos iniciales del Representante del Ministerio Público, ya que habiendo conferenciado con su patrocinado el acusado Benigno HUARAKA HUARAKA confeso, había decidido acogerse a la conclusión anticipada, claro está reconociendo la comisión de los ilícitos penales que son materia de juicio oral. 3. EXISTENCIA DE PROCESOS DE VIOLENCIA FAMILIAR PREVIOS AL PROCESO PENAL: Si (X) No () Número de procesos: EXPEDIENTE N° 02607-2016-0-1001-JR-FT-01 MATERIA : VIOLENCIA FAMILIAR DEMANDADO : HUARAKA HUARAKA, BENIGNO AGRAVIADO : HUARACA CONDORI, AGUEDA EXPEDIENTE N° 03511-2016-0-1001-JR-FT-03 MATERIA : VIOLENCIA FAMILIAR 86 DEMANDADO : HUARAKA HUARAKA, BENIGNO AGRAVIADO : HUARACA CONDORI, AGUEDA TIPOS DE VIOLENCIA FAMILIAR: EXPEDIENTE N° 02607-2016-0-1001-JR-FT-01 Física (X) Psicológica (X) Sexual () Economía o Patrimonial () EXPEDIENTE N° 03511-2016-0-1001-JR-FT-03 Física () Psicológica (X) Sexual () Economía o Patrimonial (X) RESUMEN DE ACTUACIONES VERIFICADAS POR EL JUZGADO DE FAMILIA: a. En el EXPEDIENTE N° 02607-2016-0-1001-JR-FT-01, solo se ha otorgado MEDIDAS DE PROTECCION. 87 b. EXPEDIENTE N° 03511-2016-0-1001-JR-FT-03 (Otorgamiento de MEDIDAS DE PROTECCION), solo se ha otorgado MEDIDAS DE PROTECCION. MEDIDAS DE PROTECCIÓN DISPUESTAS EN PROCESOS DE VIOLENCIA FAMILIAR: 1. EXPEDIENTE N° 02607-2016-0-1001-JR-FT-01 Mediante Resolución Nro. 02 (AUTO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN), de fecha 09 de junio de 2016, disponer las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la parte agraviada consistentes en: a. El cese de todo tipo de violencia por acción o conducta atribuida al denunciado. b. El agresor deberá recibir terapia psicológica obligatoria por parte de cualquier institución estatal especializada o centro de salud del lugar donde resida o el más próximo 2. EXPEDIENTE N° 03511-2016-0-1001-JR-FT-03 Resolución Nro. 03 (AUTO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN), de fecha 16 de agosto de 2016, disponer las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la parte agraviada consistentes en: 88 a. ORDENAR al denunciado para que cese y se abstenga de realizar cualquier tipo de agresión física, psicológica y verbal en contra de la víctima, incluyendo amenazas, intimidación, daños en cualquier forma, golpes e insultos, así como cualquier otra acción violenta que pueda afectar la integridad personal de la agraviada, ya sea en espacios públicos o privados.. b. ORDENAR el retiro del hogar del denunciado. c. ORDENAR EL IMPEDIMENTO DEL DENUNCIADO de acercarse a la agraviada a no menos de 50 mt. d. ORDENAR EL IMPEDIMENTO DEL DENUNCIADO de concurrir al domicilio de la agraviada en estado de ebriedad. e. ORDENAR EL IMPEDIMENTO DEL DENUNCIADO de generar cualquier tipo de conflicto o pelea dentro y fuera de su domicilio y en presencia de sus menores hijos. f. ORDENAR EL IMPEDIMENTO DEL DENUNCIADO de realizar castigos físicos o trato humillante en contra de sus hijos menores. g. DISPONER que la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ EN TODAS SUS DEPENDENCIAS Y A NIVEL NACIONAL brinde atención prioritaria y protección inmediata a la víctima h. DISPONER que el denunciado preventivamente reciba terapia psicológica en CENTRO DE SALUD DE SAN JERONIMO. Se establecen medidas de protección que el denunciado debe cumplir, bajo el apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se enviarán copias certificadas de la denuncia a la Fiscalía Penal de Turno. 89 EXPEDIENTE N° 02607-2016-0-1001-JR-FT-01 MEDIDAS CAUTELARES: SI () NO (X) EXPEDIENTE N° 03511-2016-0-1001-JR-FT-03 MEDIDAS CAUTELARES: SI (X) NO () DETALLAR: a. Disponer la tenencia provisional de los menores M.H.H de 12 años nacida el 11-12-2003 y BHH de 10 años nacido el 29/03/2006 a favor de la progenitora, la agraviada; b. Disponer una asignación anticipada de alimentos a favor de la menores M.H.H de 12 años DE EDAD y B.H.H de 10 años, por el monto de seiscientos soles a razón de trescientos soles para cada niño, la que deberá ser cumplida por el denunciado BENIGNO HUARAKA HUARAKA de manera mensual y adelantada, para cuyo efecto apertúrese una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación favor de la agraviada, ofíciese conforme corresponde. Medidas cautelares que tendrán una duración de 3 meses, al cabo del cual quedarán sin efecto las mismas debiendo iniciar los procesos de tenencia y alimentos conforme corresponde. 90 4. REQUERIMIENTO DE FONDO DEL MINISTERIO PÚBLICO EN EL PROCESO PENAL: COMENTARIO SOBRE LA ACTUACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO Y RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION: El Fiscal, solicita que se imponga al acusado Benigno HUARAKA HUARAKA, veinte (20) años de pena Privativa de Libertad efectiva. Asimismo, el Fiscal pide el pago de S/. 20,000.00, por concepto de Reparación Civil. 5. JUZGAMIENTO Y SENTENCIA EN EL PROCESO PENAL: ACTUACIONES DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO Y RESUMEN DE LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA: Examen del acusado Benigno HUARAKA HUARAKA. 1.- La declaración testimonial del SOS. PNP. Omer Hernán RAMOS CHANI. 2.-Se declaró la convención probatoria de la declaración testimonial de Vilma ALBERTINA HUARAKA HUARACA 3.- Se declaró la convención probatoria de la declaración testimonial de Juvenal Wilfredo HUARAKA HUARACA 4.-Se declaró la convención probatoria de la declaración testimonial de José Antonio BRAVO LOAYZA. 5.-Se declaró la convención probatoria de la declaración testimonial de Raúl LUNA ANDRADE 91 6.- Se declaró la convención probatoria de la declaración testimonial del SOS. PNP. Wilder MAMANI ESCALANTE 7.-Lectura de la declaración testimonial de Victoria SARAYA QUISPE vertida ante la policía. EXAMEN DE PERITOS 8.-Certificado Médico Legal N. 22780-L-D-D 9.-Se declaró la convención probatoria de la declaración del Perito Médico Legista, Andréi MARTÍNEZ ACURIO. 10.- Se declaró la convención probatoria de la declaración del Perito Médico Legista, Jorge Luis CABEZA DIMACO. 11.- Se declaró la convención probatoria de la declaración del perito en escena del crimen, ST1. PNP. Julios SAIRE MARCAVILLACA. 12.- Se declaró la convención probatoria de la declaración de la perito bióloga, Andy Moyra ROJAS VERGARA. 13.- Se declaró la convención probatoria de la declaración del Perito de Criminalística, Bautista BÉJAR QUISPE. DOCUMENTALES. 14.- Se declaró la convención probatoria del acta de entrega voluntaria de especies por Victoria SARAVIA QUISPE. 92 15.- Se declaró la convención probatoria del Acta de Constatación Policial. 16.- Se declaró la convención probatoria de Copias Certificadas de la Carpeta Fiscal N°. 2219-2016. 17.- Se declaró la convención probatoria del Certificado Judicial de Antecedentes Penales N°. 3417931. 18.- Se declaró la convención probatoria del Acta de Inspección Fiscal y Reconstrucción de los Hechos. 19.- Se declaró la convención probatoria del Informe Pericial Toxicológico N°. 1619/18. 20.- Se declaró la convención probatoria del Informe Pericial Biológico N°. 1775/1778. 21.- Se declaró la convención probatoria de Oficio N°. 980-2018- MP-FN-IFPP Cusco. 22.- Se declaró la convención probatoria del Certificado de Dosaje Etílico N°. 0025-0004849. 23.- Se declaró la convención probatoria del Informe Pericial Toxicológico N°. 1670/18. RESUMEN DE LA SENTENCIA Mediante Resolución 10 del 24 de setiembre del 21019, se dicta sentencia condenatoria en contra del Acusado Benigno HUARCAK HUARAKA, a quien condena a la pena de 20 años de pena privativa de la libertad efectiva y al pago de una reparación civil de S/. 20.00 soles, 93 sustentado en que durante el juicio oral se ha probado con suficiencia probatoria: 1.- Que el acusado Benigno Huaraka Huakaca, era cónyuge de la occisa, con una relación convivencial de más de 20 años, tiempo en el cual procrearon cuatro hijos dos de los cuales Vilma Albertina y Juvenal Wilfredo Huaraka Huaraca, son mayores de edad y los otros dos son menores de edad. 2.- Que el acusado y la agraviada pese a estar casados y tener la condición de esposos a la fecha de los hechos ya no compartían la misma vivienda vale decir que estaban separados de hecho debido al decaimiento del vínculo matrimonial por problemas de alcoholismo del acusado problemas de violencia familiar estos de infidelidad del acusado conforme se acredita con los actuados de las denuncias e investigaciones por violencia familiar y las declaraciones de los hijos del acusado como de la finada. Que el acusado Benigno Huaraka Huaraka en el mes de noviembre del 2018 se encontraba trabajando en la construcción de una vivienda en el sector de Rosaspata Asociación Pro Vivienda La Pradera del Sol Sur D-2 del distrito de Saylla de propiedad de Juvenal Huaraka Huaraca hijo de las partes, vivienda que cuenta con una habitación pequeña construida para guardar y cuidar los materiales 94 donde existe una cama para el cuidante y materiales de construcción así como un colchón de espuma frazadas entre otros enseres, siendo esta actividad el motivo por el cual el acusado y la finada volvieran a tener mayor contacto. El día 05 de noviembre del 2018 el acusado y la occisa se encontraban en el mismo lugar, donde el acusado le habría solicitado volver a vivir bajo el mismo techo a su cónyuge, sin embargo, la occisa se habría negado indicándole que ya tiene otro compromiso con el que ha decidido convivir generándose una pelea que terminó en la muerte de la esposa. En efecto el acusado Benigno Huaraka Huaraka, reconoció haber estrangulado con una soga pequeña a su esposa Águeda Huaraca Condori y una vez está producida la muerte cogió alguna de sus pertenencias como su cartera y ropa y salió del lugar dejando el cadáver en posición decúbito dorsal sobre el colchón de esponja y salió del inmueble y es a las dos de la tarde aproximadamente que llamo a su actual conviviente pidiéndole encontrarse con ella y comunicándole que había matado a su esposa, para luego trasladarse a Sicuani desde donde le volvió a llamar para que le diera en alcance, siendo que Victoria Saraya Quispe abandonó su trabajo como Obrera en la municipalidad y se fue al encuentro del acusado con quién permanecieron en una habitación siete días, donde logró convencer al acusado para que esté se presente a las autoridades y les informe cómo es que habían ocurrido los hechos. 95 Es Juvenal Huaraka Huaraca hijo del acusado y de la occisa que el día 06 de noviembre del 2018 (al día siguiente los hechos) que encuentra el cuerpo sin vida de su señora madre por lo que de inmediato se constituyó en la Comisaría de Saylla, donde informo sobre su hallazgo información que fue constatada de inmediato por el efectivo policial Wilder Mamani Escalante. El día 15 de noviembre del 2018 el acusado se entrega voluntariamente a la policía (Comisaría del distrito de San Jerónimo Cusco) y que al momento de ser evaluado por médico legista diez días después de los hechos presentaba lesiones traumáticas corporales recientes causados por impresión ungueal lo que acredita que la víctima trató de defenderse en el momento que era estrangulada con una soga corroborado el resultado con el peritaje biológico en el que se encontraron restos de sangre y piel debajo de las uñas de la occisa. Los hechos expuestos que se atribuyen al acusado se subsumen en el primer párrafo del Art. 108-B Inc. 1 del código Penal, que regula el delito de feminicidio, porque la muerte de la mujer ha ocurrido como consecuencia de actos de violencia familiar, que en el caso concreto en sujeto activo es el conyugue de la víctima. Siendo el delito de carácter doloso, es suficiente que la gente con su accionar con pleno conocimiento y voluntad haya producido la 96 muerte de su conyugue, siendo el bien jurídico protegido e derecho a la vía del ser humano de sexo femenino y que a conducta desplegado por el acusado es contraria al ordenamiento jurídico vigente, no existiendo ningún causa de justificación prevista en la norma, por lo que su conducta resulta antijurídica, siendo su conducta reprochable jurídicamente por tanto merecedor de condena. ACTUACIONES DE LA SALA PENAL DE APELACIONES Y RESUMEN DE LA SENTENCIA DE VISTA: No se puede precisar en tanto las partes entiéndase el sentenciado y l parte agraviada no han interpuesto recurso impugnatorio alguna, por lo que mediante Resolución 11 del 04 de diciembre del 2019, se declara consentida la sentencia. MARCAR CON X LA RESPUESTA Y FUNDAMENTAR. La relación que existe entre la violencia familiar y los feminicidios ocurridos en los distritos de San Jerónimo y Saylla - Cusco durante el período 2018 y 2019, es de causa a efecto. a. SI (X) b. NO () Fundamento de acuerdo con lo actuado en el proceso analizado: 97 La respuesta es afirmativa, porque considero que todo comenzó con actos de violencia psicológica, económica y física, las que fueron normalizándose hasta que la agraviada Águeda Huaraca Condori decidió denunciarlo por actos de violencia familiar en dos oportunidades consecutivas, siendo que incluso en la primera oportunidad (09 de junio 2016) la agraviada no solicito medidas de protección, lo que si ocurrió en la segunda (16 de agosto 2016), es más, estas fueron otorgadas de oficio por la reincidencia, además de hacerse concedido medidas cautelares ello para asegurar temporalmente la manutención de los menores hijos que se encontraban bajo la tenencia de hecho de la agraviada y que justamente eran los perjudicados directos con los actos de omisión de obligaciones alimentarias de la que eran víctimas por parte del acusado Benigno Huaraka Huaraka. Lamentablemente, la agraviada no prosiguió con el proceso de violencia familiar, es por ello que no exigió el cumplimiento de la terapia psicológica por parte de ella y del acusado, lo que en buena cuenta habría ayudado a superar estos actos que tienen su origen en el machismo propio del hombre andino, y su falta de entendimiento del respeto hacia la mujer. - Existe una relación entre la violencia familiar en su modalidad de maltrato físico y el feminicidio y es de antecedente a consecuencia. 98 a. SI (X) b. NO () Fundamento de acuerdo con lo actuado en el proceso analizado: Si, en tanto el feminicidio en su gran mayoría tiene su origen en los actos de violencia física que ejerce el hombre sobre la mujer, los cuales cada vez se tornan de mayor dimensión en daño a la persona, trasuntándose en lesiones en la mujer, las que justamente por no ser materia de denuncia se van normalizando dentro de un hogar sea este o no convivencial o marital, y es en estas circunstancias - aunado a ello factores como el alcoholismo y/o carácter temperamental de las personas - las que conllevan a un trágico resultado. - La relación que existe entre la violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico y el feminicidio es relativa. a. SI (X) b. NO () Fundamento de acuerdo con lo actuado en el proceso analizado: Si, en tanto, la violencia ejercida contra la mujer y en general contra cualquier miembro integrante del grupo familiar, se inicia como actos 99 de violencia psicológica (insultos, atribución de conductas, adjetivos calificativos negativos, peyorativos, denigrantes, etc.), siendo estos el inicio de acciones cada vez más gravosas en contra de la mujer si no se frenan a tiempo mediante acciones inmediatas como la denuncia policial por violencia familiar. - Las medidas de protección que dispuso el Juez de Familia en los casos de violencia familiar que desencadenaron en el presente feminicidio, se implementaron de manera inadecuada, debido a que no existe un equipo multidisciplinario eficaz encargado de realizar el seguimiento a su ejecución. a. SI (X) b. NO () Fundamento de acuerdo con lo actuado en el proceso analizado: Si, en tanto las medidas de protección no sean de estricto e inmediato cumplimiento y ejecución por parte de un equipo multidisciplinario propio del Poder Judicial o de otra entidad afín que en estricto pueda hacer seguimiento e implementación de dichas normas de protección para su finalidad que es el restablecimiento de las relaciones familiares (lo que no implica siempre reconciliación) y puedan manejar sus asuntos personales como pareja y/o padres de familia dentro del respeto mutuo. - El proceso penal por feminicidio derivado de violencia familiar se desarrolló en forma regular, sin embargo, la familia quedó desprotegida y no se resolvieron las situaciones que originaron 100 los hechos de violencia familiar que desencadenaron en la comisión del delito. a. SI (X) b. NO () Fundamento de acuerdo con lo actuado en el proceso analizado. En efecto, la sanción penal y la aplicación de una reparación civil no va a devolver a la madre ausente que hace falta a los hijos sobre todo a los menores de edad, es más, el sinsabor de lo vivido durante años de conflictos familiares en los que se han visto inmersos por los actos de violencia familiar ejercidos por el padre en contra de la madre, son heridas abiertas que solo podrán ser superadas y tal vez curadas con un tratamiento psicológico integral (terapia psicológica) a cada uno de los hijos de la víctima para poder continuar cada uno con su vida y no arrastrar los rezagos de esta violencia a su vida sea personal, familiar o social. No existen programas sociales dentro o fuera del poder judicial que se encarguen de estos aspectos importantes. Máxime que la sanciona penal ni la reparación civil podrán compensar, sustituir o reemplazar un tratamiento psicoterapéutico para superar la gran perdida y la ausencia de madre. 101 - Observaciones sobre la forma de implementación de las medidas de protección que dispuso el Juzgado de Familia ante los incidentes previos de violencia familiar que desencadenaron en el feminicidio. - En el presente caso siendo prácticamente inexistente el equipo multidisciplinario, se requiere una urgente implementación de profesionales psicólogos y asistentes sociales competentes y preparados en estos temas de violencia familiar para que puedan dar estricto cumplimiento a las medidas de protección, incluso es este equipo multidisciplinario quien debe realizar las terapias psicológicas para que el problema sea tratado de manera integral. Mientras no se implementen los equipos multidisciplinarios dentro de la sede judicial, las medidas de protección prácticamente no tendrán efecto alguno, ya que el encargar a la policía (de cada jurisdicción) hacerle seguimiento no es suficiente por cuanto ni el policía tiene la preparación ni capacitación suficiente para asumir tal responsabilidad a cabalidad. - Observaciones sobre la forma de desarrollo del proceso penal por feminicidio y su relación con la violencia familiar previa a su comisión Durante la investigación preliminar e investigación preparatoria, así como en las sucesivas etapas tanto intermedia como de juicio oral, el 102 señor Fiscal no ha solicitado al UDAVIT la protección de víctimas y testigos ello respecto de los hijos sean estos mayores y menores de edad, quienes incluso han sido partes del proceso en calidad de testigos directos de los hechos. Considero que como en el presente caso, ha existido confesión sincera, la norma debe modificarse al respecto a efecto de que existiendo la confesión sincera debe efectuarse terminación o conclusión anticipada, ya que es innecesario brindar la seguridad de un debido proceso, ya que es voluntad del propio acusado someterse a este tipo de procesos, para evitar también la revictimización de los hijos de la víctima. - Análisis de la ejecución por parte del Estado de medidas para salvaguardar los derechos de los agraviados en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar. Al respecto, el Estado no tiene implementado un organismo o entidad que se encargue de salvaguardar los derechos de los agraviados en este tipo de procesos, brindándole en el mejor de los casos abogados de oficio, para asumir su defensa en el proceso (medida de reciente data), recientemente los Centros de Emergencia Mujer se vienen implementando y atendiendo directamente estos casos en salvaguarda de las víctimas y familiares directos de las victimas afectados con la comisión de estos ilícitos penales, pero a la data del inicio de las 103 investigaciones en el caso materia de tesis, no existían ningún órgano de protección a favor de los hijos de la víctima. Tomando en cuenta la trascendencia de perder una madre en circunstancias tan trágicas y efectuados por el propio padre, para lograr obtener información más valiosa para el proceso debe implementarse más cámaras GESSEL con profesionales adecuados e idóneos para obtener información de primera mano, ya que en muchos casos son los hijos los que presencian este fatal desenlace, siendo importante en este caso dos aspectos: la obtención de la información inmediata, privilegiada no contaminada y la determinación del daño psicológico emocional causado a los hijos también victimas indirectas del feminicidio para darse inmediata terapia psicológica. Del análisis de las bases teóricas, antecedentes de investigación, entrevistas a operadores de justicia especializados y análisis del caso de feminicidio, podemos concluir que, efectivamente la violencia familiar posee relación con los feminicidios en los distritos ámbito de la investigación, y esta relación es de causa a efecto; siendo el feminicidio el resultado final de actos de violencia previa que no fueron debidamente atendidos por el estado; en efecto con base en nuestros tesis que forman parte de nuestros antecedentes de estudio; asimismo de las bases teóricas desarrolladas ampliamente, en especial teniendo en cuenta a autores especializados consultados, aunado a ello el 104 resultado de las entrevistas (véase Tablas y figuras 1 a 4) y el análisis documental del caso emblemático, podemos concluir que: 105 CONCLUSIONES PRIMERA La relación que existe entre la violencia familiar y los feminicidios ocurridos en los distritos de San Jerónimo y Saylla del departamento de Cusco durante el período 2018 y 2019, es de causa a efecto, constituyendo el feminicidio el resultado final de una serie de actos de violencia previa no atendida por el estado. SEGUNDA Existe una relación entre la violencia familiar en su modalidad de maltrato físico y los feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019, y es de antecedente a consecuencia, pues el feminicidio se genera por actos consecutivos de violencia grave denunciada y no intervenida eficazmente o no denunciada. TERCERA La relación que existe entre la violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico y los feminicidios ocurridos en los distritos de San Jerónimo y Saylla del departamento de Cusco durante el período 2018 y 2019, es relativa, por no existir contacto físico, sin embargo, este tipo de violencia no deja de ser importante y objeto de protección. 106 CUARTA Las medidas de protección que dispuso el Juez en casos de violencia familiar que desencadenaron en feminicidios en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019, se implementaron de manera inadecuada, debido a que no existe un equipo multidisciplinario eficaz encargado de realizar el seguimiento a su ejecución. QUINTA Los procesos penales por feminicidios derivados de violencia familiar en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y 2019, se desarrollaron en forma regular sancionando al feminicida, sin embargo, la familia quedó desprotegida y no se resolvieron las situaciones que originaron los hechos de violencia familiar que desencadenaron en la comisión del delito. SEXTA El Estado no implementó medidas de protección de manera satisfactoria, para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar en los distritos de San Jerónimo y Saylla del departamento de Cusco, durante el período 2018 y 2019, debido a que únicamente se agravaron los delitos, soslayando el origen del problema y desencadenando en un desenlace fatal para la víctima. 107 RECOMENDACIONES Primera Se recomienda a los órganos jurisdiccionales especializados violencia contra la mujer en San Jerónimo y Saylla, poner más énfasis en el control de la implementación de las medidas de protección en casos de denuncias para evitar el desenlace fatal. Segunda Se exhorta a la Policía Nacional del Perú y a los equipos multidisciplinarios encargados de realizar el seguimiento a las medidas de protección en caso de denuncias reiteradas y/o graves de violencia contra la mujer, en San Jerónimo y Saylla, realizar informes periódicos semanales al Órgano Jurisdiccional, para que este tome las decisiones adecuadas de acuerdo a la evolución del conflicto familiar para evitar el feminicidio que se genera por actos consecutivos de violencia grave denunciada y no intervenida eficazmente o no denunciada. Tercera Se recomienda al Ministerio de la Mujer y poblaciones vulnerables fortalecer sus campañas de empoderamiento a las féminas en sectores predominantemente rurales como los distritos de Saylla y San Jerónimo, con la finalidad de lograr que participen plenamente en todos los sectores 108 de la actividad económica que les posibilite autonomía, y alcanzar sus objetivos de desarrollo, respeto de derechos humanos y mejorar su calidad de vida y la de sus familias. Cuarta Se recomienda a los Órganos Jurisdiccionales especializados de los distritos de Saylla y San Jerónimo, la implementación de medidas de protección eficaces, para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar. 109 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS Recursos Humanos Un asistente. Recursos Materiales: Papel A4 de 80 gr:, resaltadores y lapiceros. Cronograma de actividades N° MESES Nov. 2021 Dic. 2021 Ene. 2022 Feb. 2022 Actividades 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 01 Presentación del plan de x tesis 02 Aprobación del plan de x tesis 03 Revisión bibliográfica y x x x elaboración del marco teórico 05 x Aplicación del instrumento 06 Tabulación de la x información 07 Procesamiento y análisis x de los datos 08 Elaboración del informe x x final 09 Dictamen del informe final x (tesis) 10 Levantamiento de x observaciones 11 x Aprobación de la tesis 12 x Sustentación de la tesis 110 Presupuesto y Financiamiento Presupuesto Bienes Cantidad del Descripción de los bienes Presupuesto Tres millares de Papel S/ 45 Otros S/ 20 SUB TOTAL: S/. 65 Servicios Cantidad del Descripción de los servicios Presupuesto Adquisición de libros 1500 Otros 100 SUB TOTAL: S/. 1600 Financiamiento Propio. BIBLIOGRAFÍA 111 Badilla, A. E., Montaño, S., & Rico, N. (2010). Feminicidio en el Perú. Lima: Defensoría del Pueblo. Bejarano, M. (2014). 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OBVCMP 116 ANEXOS Matriz de consistencia Título de la Investigación: “LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SU RELACIÓN CON EL FEMINICIDIO EN LOS DISTRITOS DE SAN JERÓNIMO Y SAYLLA DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO, 2018 - 2019” PROBLEMA OBJETIVO HIPÓTESIS VARIABLES E INDICADORES METODOLOGÍA • Problema General: Objetivo General: Hipótesis General Variable Independiente Tipo: Jurídico descriptivo, La relación que existe entre la violencia La relación que existe entre la violencia explicativo. • ¿Cuál es la relación que familiar y los feminicidios ocurridos en familiar y los feminicidios ocurridos en existe entre la violencia San Jerónimo y Saylla durante el período San Jerónimo y Saylla durante el período VIOLENCIA FAMILIAR Nivel: Básico familiar y los feminicidios 2018 y 2019, es de causa a efecto. 2018 y 2019, es de causa a efecto. ocurridos en San Jerónimo y Indicadores Enfoque: Cuantitativo. Saylla durante el período 2018 Objetivo Específicos: Hipótesis Específica y 2019? -Políticas públicas, planes y programas Diseño: Correlacional • Problemas Específicos -Prevención de la violencia familiar • Existe una relación entre la -Tratamiento procesal de la violencia familiar Población: Procesos de • ¿De qué manera se relaciona violencia familiar en su modalidad de • Existe una relación entre la -Derecho a la integridad física y psicológica. feminicidio (Cusco-2018- maltrato físico y los feminicidios violencia familiar en su modalidad de la violencia familiar en su 2019) maltrato físico y los feminicidios modalidad de maltrato físico ocurridos en San Jerónimo y Saylla Variable Dependiente Magistrados del PJ y MP, ocurridos en San Jerónimo y Saylla con los feminicidios ocurridos durante el período 2018 y 2019, y es (Jueces Penales y de de antecedente a consecuencia. durante el período 2018 y 2019, y es en San Jerónimo y Saylla, FEMINICIDIO Familia), Abogados, • La relación que existe entre la de antecedente a consecuencia. durante el período 2018 y Psicólogo y ciudadanos. 2019? violencia familiar en su modalidad de • La relación que existe entre la Indicadores maltrato psicológico y los violencia familiar en su modalidad de • ¿De qué manera se relaciona Muestra: feminicidios ocurridos San Jerónimo maltrato psicológico y los la violencia familiar en su -Procesos de feminicidio tramitados en los y Saylla durante el período 2018 y feminicidios ocurridos en San modalidad de maltrato distritos de San Jerónimo y Saylla, Cusco, 2018- Se considerará los casos 2019, es relativa. Jerónimo y Saylla durante el período psicológico con los 2019. de Feminicidios, San • Las medidas de protección que 2018 y 2019, es relativa. feminicidios ocurridos en San Jerónimo y Saylla, Cusco Jerónimo y Saylla, durante el dispuso el Juez de Familia en los • Las medidas de protección que -Políticas públicas, planes y programas 2018 y 2019. período 2018 y 2019? casos de violencia familiar que dispuso el Juez de Familia en los relacionados con el Feminicidio. 15 magistrados del Poder • ¿Cómo se implementaron las desencadenaron en feminicidios San casos de violencia familiar que -Marco legal nacional e internacional sobre Judicial y Ministerio Jerónimo y Saylla, durante el período desencadenaron en feminicidios San medidas de protección que feminicidio. Público. dispuso el Juzgado de Familia 2018 y 2019, se implementaron de Jerónimo y Saylla, durante el período -Tipos de feminicidio. 10 abogados litigantes. en los casos de violencia manera inadecuada, debido a que 2018 y 2019, se implementaron de -Causas del feminicidio 5 psicólogos no existe un equipo multidisciplinario manera inadecuada, debido a que familiar que desencadenaron -Consecuencias del feminicidio 30 ciudadanos eficaz encargado de realizar el no existe un equipo multidisciplinario en feminicidios en San Lesiones Psicológicas derivadas de Violencia eficaz encargado de realizar el Jerónimo y Saylla, durante el seguimiento a su ejecución. Familiar Técnicas de recolección seguimiento a su ejecución. período 2018 y 2019? Lesiones Físicas derivadas de Violencia Familiar de datos: • ¿Cómo se desarrollaron los • Los procesos penales por • Los procesos penales por -Prevención del feminicidio procesos penales por feminicidios derivados de violencia feminicidios derivados de violencia -Tratamiento procesal del feminicidio Análisis documental de feminicidios derivado de familiar en de San Jerónimo y Saylla, familiar en San Jerónimo y Saylla, textos y de expedientes, violencia familiar en San durante el período 2018 y 2019, se durante el período 2018 y 2019, se entrevistas. Jerónimo y Saylla o, durante el desarrollaron en forma regular, sin desarrollaron en forma regular, sin período 2018 y 2019? embargo, la familia quedó embargo, la familia quedó Instrumentos: • ¿De qué manera implementó desprotegida y no se resolvieron las desprotegida y no se resolvieron las el Estado medidas de situaciones que originaron los situaciones que originaron los Formato de análisis de protección para salvaguardar hechos de violencia familiar que hechos de violencia familiar que textos, de expedientes y los derechos de las víctimas desencadenaron en la comisión del desencadenaron en la comisión del cuestionario de preguntas. indirectas en los procesos de delito. delito. feminicidio derivado de • El Estado no implementó medidas de • El Estado no implementó medidas de violencia familiar en San protección de manera satisfactoria, protección de manera satisfactoria, Jerónimo y Saylla, durante el para salvaguardar los derechos de para salvaguardar los derechos de período 2018 y 2019? las víctimas indirectas en los las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de procesos de feminicidio derivados de violencia familiar en San Jerónimo y violencia familiar en San Jerónimo y Saylla, durante el período 2018 y Saylla, durante el período 2018 y 2019, debido a que únicamente se 2019, debido a que únicamente se agravaron los delitos, soslayando el agravaron los delitos, soslayando el origen del problema. origen del problema. Instrumento de recolección de información FICHA DE ANÁLISIS DE TEXTOS Nombre del autor Título de la obra Editorial y año de publicación Concepto en análisis Contenido Observaciones ANEXO 2: CUESTIONARIO DE PREGUNTAS PARA LAS ENTREVISTAS El propósito de esta entrevista es recolectar datos de profesionales del ámbito jurídico acerca de la posible conexión existente entre la violencia familiar y los casos de feminicidios. Le agradecemos responder a las siguientes preguntas: 1. ¿Considera usted que existe relación entre la violencia familiar en contra de mujeres y los feminicidios? Si No En algunos casos Explique: ----------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------- 2. ¿Según su criterio cómo se relaciona la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato físico con los feminicidios? - Posee relación directa - De antecedente a consecuencia - Relativamente Explique: ----------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------- 3.- ¿Según su criterio de qué manera se relaciona la violencia familiar en contra de mujeres en su modalidad de maltrato psicológico con los feminicidios? - Posee relación directa - De antecedente a consecuencia - Relativamente Explique: _________________________________________________________ _________________________________________________________ _________________________________________________________ 4.- ¿Cómo considera usted que se implementan las medidas de protección que dispone el Juez de Familia ante los casos de violencia familiar que desencadenan en feminicidios? - Adecuadamente -Inadecuadamente -Otro Explique: _________________________________________________________ _________________________________________________________ _________________________________________________________ 5.- ¿Cómo considera usted que se desarrollan los procesos penales por feminicidios derivados de violencia familiar? -No se sanciona al feminicida -Se sanciona al feminicida y eso es correcto -Se sanciona al feminicida, pero no se resuelven las situaciones de violencia familiar que desencadenaron el delito -Otros Explique: _________________________________________________________ _________________________________________________________ _________________________________________________________ 6.- Según su criterio ¿Cómo considera usted la implementación por parte del Estado de las medidas para salvaguardar los derechos de las víctimas indirectas en los procesos de feminicidio derivados de violencia familiar en la Región Cusco? -Satisfactoria -No satisfactoria Explique: _________________________________________________________ _________________________________________________________ _________________________________________________________