Herrera Pfuyo, CornelioYabarrena Fernandez, Sharon Mariela2025-08-202025-08-202025-01https://hdl.handle.net/20.500.14512/1081La presente investigación de tesis titulada “Protección legal de los animales domésticos según la Ley de Protección y Bienestar Animal N° 30407 en la ciudad del Cusco, 2023” analiza la aplicación de dicha norma, promulgada en 2016 en Perú, en el contexto cusqueño durante el año 2023. Utilizando un enfoque cualitativo y entrevistas dirigidas a fiscales y denunciantes, la investigación buscó identificar los avances y limitaciones en la protección de los animales domésticos. Los resultados revelan que, pese a los progresos legislativos, existen diversas dificultades en la implementación de la ley. Entre las principales barreras se encuentran la ausencia de una reglamentación específica, la escasez de recursos y la falta de capacitación del personal encargado. Asimismo, se evidenció una débil coordinación interinstitucional, especialmente entre la policía y las municipalidades, lo que perjudica la atención oportuna y adecuada ante casos de maltrato animal. Los denunciantes también señalaron una actitud poco empática y diligente por parte de las autoridades competentes, lo que genera sensación de impunidad frente a hechos de crueldad y abandono. Esta situación limita considerablemente la eficacia de la ley en la práctica. En conclusión, si bien la Ley N° 30407 ofrece un marco legal adecuado para la protección animal, su aplicación en Cusco se ve restringida por factores operativos e institucionales. Para lograr una protección efectiva, se recomienda mejorar la coordinación entre instituciones, asignar recursos suficientes y capacitar adecuadamente al personal responsable.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccessProtección legalLey N°30407Aplicación de la leyReglamentaciónMaltrato animalProtección legal de los animales domésticos según la ley de protección y bienestar animal N° 30407 en la ciudad del Cusco, 2023info:eu-repo/semantics/bachelorThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01